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Fundamentos de la Ley 12966
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Durante la última dictadura militar, existió un campo de concentración de prisioneros ilegales en el predio conocido como Monte Peloni, en las inmediaciones de Sierras Bayas partido de Olavarría. A más de veinte años de transcurridos los luctuosos hechos de represión ilegal perpetrados en la década del ‘70 por parte del denominado “proceso de reorganización nacional”, existe en la sociedad argentina un marcado interés por establecer la verdad de lo ocurrido y recuperar la memoria histórica de los hechos. En Olavarría, como cabecera de la estructura represiva identificada como Área 124, que abarcaba los partidos de Olavarría, Bolívar, Hipólito Irigoyen, Carlos Casares, Pehuajó, Trenque Lauquen, Pellegrini, Salliqueló, Daireaux, Lamadrid y Laprida, dentro de los planes de secuestro, tortura y eventual ejecución sumaria de decenas de militantes políticos, gremiales y sociales, cumplió un trágico papel el predio rural conocido como Monte Peloni. La fracción de campo de aproximadamente 323 hectáreas conocida como Monte Peloni, identificada catastralmente como: circunscripción X sección rural, parcelas 1.388, 1.389, 1.408, 1.409, 1.422, 1.434, 1.400, 1.401 parte, 1.402, 1.391, 1.394 parte, 1.393 y 1.392, es una reserva fiscal ubicada en las inmediaciones de Sierras Bayas, partido de Olavarría, a pocos kilómetros de la ruta 226-76 y al pie del Cerro Largo. En la misma está emplazado un antiguo casco de estancia protegido por la ladera de la sierra y rodeado de un importante bosque que impide su visión desde el exterior. Al mismo se accede desde la ruta por un único camino de tierra de aproximadamente dos kilómetros y tenía como vecinos a escasos chacareros cercanos. A mediados de siglo, en pleno auge de la naciente industria siderúrgica nacional, los yacimientos de piedra dolomita existentes en la región fueron considerados como un mineral estratégico por su capacidad para mejorar las coladas de acero, y por lo tanto se reservaron en propiedad del Estado. El predio antes mencionado, hasta entonces propiedad de la provincia de Buenos Aires, fue cedido al Estado Nacional por Decreto 11.354 del 30 de agosto de 1954, bajo la jurisdicción y custodia de Fabricaciones Militares, quien a su vez concesionó la explotación de la cantera ubicada dentro del predio. El resto de su extensión era utilizado sólo un mes al año por el regimiento de Olavarría, durante el período de instrucción de clase llamada a filas, y ocasionalmente, para realizar ejercicios conjuntos con otros regimientos de la zona. Allí los conscriptos acampaban en un vivac, y se hacia vida de campaña durante la que se los instruía en la disciplina militar, el manejo de armas; y la práctica de tiro con todo tipo de armamento, desde fusiles hasta cañones. Esto significó que siempre estuviera vedado el ingreso a civiles, aduciendo que había diseminados por la ladera gran cantidad de proyectiles sin estallar que convertían la zona en una especie de campo minado, con grave riesgo para quienes se internaran en él. Coincidentemente, la antigua donación de la provincia de Buenos Aires recién es aceptada oficialmente por el Estado Nacional en 1976 por Decreto 155 firmado por el dictador Jorge Rafael Videla, su ministro de Economía José Alfredo Martínez de Hoz, y su ministro de Defensa Contralmirante David de la Riva. A partir de su aceptación por el gobierno de la dictadura militar, “Monte Peloni” comienza a ser utilizado como centro clandestino de detención, bajo la denominación de “LRD” (Lugar de Reunión de Detenidos). Los primeros detenidos luego del golpe del 24-03-76 fueron mantenidos en los calabozos de la guardia del Regimiento de Caballería de Tiradores Blindados Nro. 2 “Lanceros General Paz” ubicado en la avenida Pringles Norte de la ciudad de Olavarría, en un régimen de semiclandestinidad explicable por la improvisación con que se armó el esquema represivo en la zona. Periódicamente, sin embargo, los detenidos ilegales eran trasladados a otro lugar para ser torturados e interrogados por las fuerzas militares. Posiblemente ese lugar fuera el Monte Peloni, ya que los detenidos eran llevados y traídos en el día. En algún momento previo a fines de septiembre de 1977, y quizás por la cantidad de detenidos que fueron secuestrados de sus hogares en esos días (no menos de veinte personas simultáneamente), se habilitó al Monte Peloni como centro clandestino de detención permanente. Allí fueron llevados con los ojos vendados y encapuchados los vecinos olavarrienses que eran secuestrados por el “grupo de tareas” actuante en la zona durante 1977 y parte de 1978; y eran custodiados por suboficiales del regimiento local. Buena parte de los prisioneros fueron liberados tras interrogatorios y palizas, mientras otros iniciaron en Monte Peloni un periplo que los llevó la diversas cárceles del país una vez legalizada su detención, donde permanecieron detenidos la mayor parte de la dictadura militar bajo la acusación de integrar o ser colaboradores de las organizaciones armadas insurgentes. Desde mediados de 1977, cuando comenzó una afluencia más o menos masiva de prisioneros, hubo al menos dos etapas, de acuerdo a los testimonios de los prisioneros. La primera, en la que los detenidos permanecían desnudos, con los ojos vendados, esposados a la espalda y tirados en el piso de una o mas habitaciones con pisos de tierra. Además del ayuno forzado a que eran sometidos durante semanas enteras, los detenidos eran sistemáticamente apaleados con garrotes de goma o cachiporras y pateados en el suelo por grupos que entraban a la carrera y ululando para acrecentar la sensación de terror permanente. Luego de este período de ablandamiento con el que se intentaba vencer cualquier tipo de resistencia de los prisioneros, comenzaban los interrogatorios que realizaban en el mismo lugar, oficiales de inteligencia militar. Los interrogatorios se realizaban en otra habitación no demasiado lejana, ya que se podían escuchar los gritos de los torturados, y se efectuaban con una picana eléctrica que funcionaba con un riguroso generador con motor a explosión. Y la otra etapa, ya más avanzada en el tiempo y posiblemente posterior a que los detenidos fueron seleccionados en grupos de interés para la inteligencia militar, que comenzaba con el traslado de los seleccionados a un campo de concentración con instalaciones preparadas (“La Huerta”, en la entrada de Tandil), caracterizada por un relativo mejor trato. A partir de entonces no había para la mayor parte del grupo que quedó en Monte Peloni interrogatorios ni golpes sin causa, se comía regularmente, y se sacaba una vez al día a los prisioneros encapuchados haciendo “un trencito” para sentarlos al sol en un círculo custodiado por guardias armados. Este cambio de trato posiblemente obedeciera a que la decisión de “legalizar” su detención ya estaba tomada y se trataba de recuperar físicamente a los detenidos antes de exponerlos a la prensa. Cuando los sobrevivientes de La Huerta eran devueltos a Monte Peloni no se los volvía a juntar con quienes habían quedado, ya que para acrecentar la sensación de omnipotencia sobre la vida de los detenidos los guardias dejaban trascender en sus conversaciones -simulando infidencias para ser escuchadas en forma casual por los prisioneros- que todos los trasladados habían sido fusilados. A través del testimonio prestado por un sobreviviente a la CONADEP (Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas) podemos conocer que estando esposado a un pesado camastro de hierro dentro de una carpa de campaña a unos treinta metros del lugar, podía ver a través del respiradero de la capucha y por los ojales de las lonas de la carpa, bajo el monte, una media docena de vehículos militares del tipo Unimog y REO y un automóvil civil (Fiat 128 color ladrillo o anaranjado), propiedad del teniente Grocce, sindicado como el oficial de inteligencia del RCTirBL 2, estacionados bajo los árboles del lugar. Asimismo, durante su estadía en Monte Peloni los prisioneros pudieron ver paquetes de vendas con el sello “E.A.” (Ejercito Argentino), platos y jarros con la misma inscripción, así como carpas con las mismas iniciales. En los primeros días del mes de noviembre de 1977, los prisioneros sobrevivientes fueron llevados de a uno a una habitación cerrada, donde se les sacó las esposas, capuchas y vendas que cubrían sus ojos, y bajo la custodia de un guardia armado y encapuchado, se los hizo bañar y afeitar. Con posterioridad, nuevamente encapuchados y esposados los prisioneros fueron trasladados a la Escuela 719 -ahora cerrada-, ubicada dentro del predio del regimiento, donde esposados a los pupitres y ante un supuesto juez de instrucción militarse les leyeron sus “confesiones”. Quienes se negaban a firmarlas por considerarlas autoincriminatorias, eran sacados afuera y nuevamente golpeados por los guardias hasta que las firmaran. Con posterioridad los detenidos eran llevados en camiones de tipo “celular” a la cárcel de Azul, donde una vez en su interior en celdas individuales se les retiraron las esposas y se les permitió quitarse el vendaje que cubría sus ojos. Recuperada la democracia, el entonces diputado nacional Pedro Capuano -en un gesto que honra su acción legislativa- presentó y logró la aprobación de una ley nacional desafectando el predio de Monte Peloni de la Dirección General de Fabricaciones Militares y destinándolo al Ministerio de Educación y Justicia, Dirección Nacional de Educación Agropecuaria, para ser utilizado -en todo o parte- por la entonces Escuela de Agrotécnica de Olavarría. La ley mencionada fue vetada por el Poder Ejecutivo Nacional fundado en “la preservación de la integridad del patrimonio del Estado Nacional frente a la posibilidad legal de la reversión del dominio”, sosteniendo que en la escritura traslativa de dominio la provincia de Buenos Aires declinaba “su jurisdicción sobre el lugar cedido en tanto el mismo se encuentre afectado a fines de defensa nacional, recobrando su pleno derecho de la tierra cedida por disposición de la Ley 5.386, sin necesidad de ejecutar acto alguno, en el momento que el Superior Gobierno de la Nación altere el destino especificado en el artículo 3 de la misma ley, sin que tenga que efectuar pago o indemnización por las mejoras introducidas”. La realidad actual nos muestra que, la Escuela Agrotécnica Nro. 1 de Olavarría continúa utilizando el predio en cuestión, en forma precaria en virtud de un convenio ya vencido con la Dirección General de Fabricaciones Militares, quien sigue ostentando el dominio del inmueble; que dicho establecimiento educativo a partir de la transferencia de escuelas nacionales a las provincias depende de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires; que el Ejército Argentino no hace más uso del predio con fines de instruir a sus tropas; que la producción de acero se realiza con nuevas tecnologías e insumos; que el Estado Nacional dejó en manos de la actividad privada la producción de manufacturas y la explotación de insumos otrora caracterizado como estratégicos situaciones éstas que llevan a que se instruyan las acciones previstas en artículo 3 de la Ley 5.386 sustituido por el artículo 2 de la Ley 10.391. Ante esta situación ha sido presentado ante la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires un proyecto de ley que corresponde al expediente 3.020/00-01 para reintegrar los lotes de tierras fiscales descriptos al patrimonio provincial. No obstante, y a modo de preservar el testimonio vivo que significa el viejo casco donde funcionara el centro clandestino de detención, entendemos que urge que nuestra Provincia lo declare desde este momento monumento histórico provincial y patrimonio cultural de la provincia de Buenos Aires. Por los motivos antes expuestos es que solicitamos a la Honorable Cámara de Diputados apruebe el siguiente proyecto de ley.
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