Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA GENERAL DE
Resolución Nº 66
VISTO el Expediente Nº 2114-2165/2011, el Decreto Ley N° 7.764/71 modificado por su similar N° 9.344/79 (T.O. por Decreto N° 9.167/86), el Decreto N° 928/07, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la
transferencia de cuatro (4) vehículos, pertenecientes al patrimonio de
Que a fojas 1, el citado Ministerio Público solicitó a esta Secretaría General la asignación e cuatro (4) vehículos a los efectos de satisfacer demandas propias;
Que a fojas 2/5
Que a fojas 6/9 obran copias certificadas de las Fichas Nº 7 de Medios de Transporte de los Registros Oficiales mencionados;
Que a fojas 14/15, 16/17, 18/21 y 22/24, lucen copias
certificadas de las Resoluciones 11106-1 Nº 184/08, 11106-1 Nº 72/09, 11106-1
Nº 12/11 y 11106-1 Nº 41/11, del entonces Señor Secretario General de
Que a fojas 28 dictaminó
Que a fojas 31/34 obran copias certificadas de las actas de entrega de los rodados;
Que a fojas 48 intervino la titular de
Que en el marco de lo dispuesto por el artículo 32
apartado 2º del Decreto Ley Nº 7.543/69 (T.O. Decreto
Nº 969/87) con la modificación introducida por
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 48 -último párrafo- del Decreto Ley Nº 7.764/71 modificado por su similar N° 9.344/79 (T.O. por Decreto N° 9.167/86) y el Decreto N° 5.000/89, artículo 1, inciso 18 y su modificatorio Decreto N° 80/07;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº
5.000/89 Y MODIFICATORIOS EL SECRETARIO GENERAL DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Transferir en forma definitiva y sin cargo
los vehículos automotores Registros Oficiales Nº 37557, Nº 39420, Nº 39962 y Nº
40027, pertenecientes al patrimonio de
ARTÍCULO 2º. Establecer que los vehículos en cuestión son intransferibles a terceros y cuando fuesen excluidos del servicio activo deberán ser inmediata y directamente compactados o sometidos a proceso de destrucción similar, por poseer sus codificaciones
identificatorias adulteradas.
ARTÍCULO 3º. Registrar, remitir copia autenticada a
Eduardo Oscar Camaño
Secretario General de