Provincia de Buenos Aires

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Resolución Nº 66

 

La Plata, 29 de octubre de 2013.

 

VISTO el Expediente Nº 2114-2165/2011, el Decreto Ley 7.764/71 modificado por su similar 9.344/79 (T.O. por Decreto 9.167/86), el Decreto 928/07, y

 

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se tramita la transferencia de cuatro (4) vehículos, pertenecientes al patrimonio de la Secretaría General de la Gobernación a favor del Ministerio Público - Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que a fojas 1, el citado Ministerio Público solicitó a esta Secretaría General la asignación  e cuatro (4) vehículos a los efectos de satisfacer demandas propias;

 

Que a fojas 2/5 la Dirección Provincial de Automotores y Embarcaciones Oficiales adjunta copias certificadas de cuatro (4) Títulos del Automotor emitidos por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor de los Registros Oficiales Nº 37557, Nº 39420, Nº 39962 y Nº 40027 los cuales podrán ser transferidos;

 

Que a fojas 6/9 obran copias certificadas de las Fichas Nº 7 de Medios de Transporte de los Registros Oficiales mencionados;

 

Que a fojas 14/15, 16/17, 18/21 y 22/24, lucen copias certificadas de las Resoluciones 11106-1 Nº 184/08, 11106-1 Nº 72/09, 11106-1 Nº 12/11 y 11106-1 Nº 41/11, del entonces Señor Secretario General de la Provincia de Buenos Aires, por las cuales se incorporaron los citados vehículos a favor de la Secretaría General de la Gobernación, Dirección Provincial de Automotores y Embarcaciones Oficiales;

 

Que a fojas 28 dictaminó la Delegación de la Asesoría General de Gobierno y a fojas 29 informó la Delegación Fiscal de Contaduría General de la Provincia manifestando que no existe impedimento alguno para la transferencia;

 

Que a fojas 31/34 obran copias certificadas de las actas de entrega de los rodados;

 

Que a fojas 48 intervino la titular de la Subsecretaría de Gestión y Logística y a fojas 58 la titular de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa Gubernamental;

 

Que en el marco de lo dispuesto por el artículo 32 apartado 2º del Decreto Ley Nº 7.543/69 (T.O. Decreto Nº 969/87) con la modificación introducida por la Ley Nº 13.434, se deja asentado que los vehículos en cuestión son intransferibles a terceros y cuando fuesen excluidos del servicio activo deberán ser inmediata y directamente compactados o sometidos a proceso de destrucción similar, por poseer sus codificaciones identificatorias adulteradas;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 48 -último párrafo- del Decreto Ley Nº 7.764/71 modificado por su similar 9.344/79 (T.O. por Decreto 9.167/86) y el Decreto 5.000/89, artículo 1, inciso 18 y su modificatorio Decreto 80/07;

 

Por ello,

 

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº

5.000/89 Y MODIFICATORIOS EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Transferir en forma definitiva y sin cargo los vehículos automotores Registros Oficiales Nº 37557, Nº 39420, Nº 39962 y Nº 40027, pertenecientes al patrimonio de la Secretaría General de la Gobernación, a favor del Ministerio Público - Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, cuyos datos censales se detallan en Anexo Único.

 

ARTÍCULO 2º. Establecer que los vehículos en cuestión son intransferibles a terceros y cuando fuesen excluidos del servicio activo deberán ser inmediata y directamente compactados o sometidos a proceso de destrucción similar, por poseer sus codificaciones

identificatorias adulteradas.

 

ARTÍCULO 3º. Registrar, remitir copia autenticada a la Contaduría General de la Provincia, comunicar en la próxima actualización el movimiento patrimonial, notificar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

Eduardo Oscar Camaño

Secretario General de la Gobernación