DECRETO 927/17 E

 

 

 

 

 

LA PLATA, 22 de Diciembre de 2017.

 

 

 

 

 

Referencia: 2903-77/15 - Designación RAMUNNI María Gabriela y otros

 

 

 

 

 

VISTO el expediente N° 2903-77/15 y agregados sin acumular del Ministerio de Salud, por los cuales se propicia designar a diversas personas en distintos establecimientos, dependientes de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que en la reunión de paritarias celebrada el 25 de octubre de 2016 entre los Ministerios de Trabajo, Economía, Salud y el entonces Coordinación y Gestión Pública, se acordó mediante Acta Nº 41, el pase a planta permanente de aproximadamente cinco mil (5.000) becarios pertenecientes a esa Jurisdicción;

 

 

 

 

 

Que los ingresos se harán en etapas y por orden de antigüedad;

 

 

 

 

 

Que los agentes cuyas designaciones se propician se desempeñarán efectivamente en establecimientos hospitalarios del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con los cargos necesarios de acuerdo con lo previsto en el presupuesto vigente;

 

 

 

 

 

Que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471, en forma previa a la notificación de cada uno de los interesados;

 

 

 

 

 

Que para propiciar dicho trámite se afectan las vacantes producidas oportunamente y en otros, vacantes existentes en el presupuesto general ejercicio 2017 – Ley Nº 14.879;

 

 

 

 

 

Que por el artículo 4º inciso b) del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado por Decreto Nº 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba;

 

 

ETOS

 

 

Que en virtud de lo establecido por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N°2868/02, y por Decreto N° 947/89, algunos de los postulantes deben efectuar el aporte previsional al que se alude en el acápite anterior;

 

 

 

 

 

Que corresponde otorgarle a Sebastián Norberto VELOSO, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que es designado, en virtud de las condiciones geográficas y socio laborales en las que se desarrollan las actividades en el establecimiento en el que se desempeñará, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 377/08;

 

 

 

 

 

Que han intervenido la Contaduría General de la Provincia, la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano de la Subsecretaría de Capital Humano y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, ambas dependientes del Ministerio de Economía;

 

 

 

 

 

Que las presentes designaciones se concretan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

 

 

 

 

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

 

 

 

 

Por ello,

 

 

 

 

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

DECRETA

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, de conformidad con el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, a los profesionales que se mencionan en el Anexo 1 – Planillas 1 a 9, (IF-2017-05555084-GDEBA-DDPACHMSALGP) que integra el presente, en las condiciones que se indican en el mismo.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471, en forma previa a la notificación de cada uno de los interesados.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud que, a partir de la fecha de notificación del presente, las personas que se mencionan en el Anexo 2 – Planilla 1, (IF-2017-05555084-GDEBA-DDPACHMSALGP) deben efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del16% sobre la remuneración que perciban, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b)del Decreto - Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), en virtud de lo determinado por Decreto Nº 2198/01, ampliado por Decreto N° 2868/02.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 4°. Otorgar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha notificación del presente, la bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en que es designado Sebastián Norberto VELOSO (D.N.I. 33.362.393 – Clase 1987), en virtud de las condiciones geográficas y socio laborales en las que se desarrollan las actividades en el Hospital Provincial Descentralizado Zonal General de Agudos “Simplemente Evita” de González Catán, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 377/08.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 5º.Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 02: Dirección Provincial de Hospitales - Programa: Anexo 1 - Finalidad 3 - Función 1 Procedencia 1 - Fuente 1 -Partida Principal 1 – Partida Subprincipal 1 Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley Nº 14879.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 6º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

 

 

 

 

 

Andrés Roberto Scarsi                                Federico Salvai

 

 

Ministro de Salud                                          Ministro de Jefatura

 

 

de Gabinete de Ministro

 

 

 

 

 

María Eugenia Vidal

 

 

Gobernadora