DECRETO 80/2022

LA PLATA, 1 de Febrero de 2022

VISTO que se propicia encomendar la atención del despacho de los asuntos de competencia del Poder Ejecutivo a la Señora Vicegobernadora de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobernador integrará la comitiva oficial del Gobierno Nacional que mantendrá reuniones bilaterales con los/as mandatarios/as de la Federación de Rusia, la República Popular de China y Barbados;

Que el programa oficial prevé la participación en la Ceremonia Inaugural de los Juegos Olímpicos de Invierno - Beijing 2022, el encuentro con los y las Representantes de las Misiones Diplomáticas de América Latina y el Caribe (GRULAC) y con Representantes de OECO (OECS), entre otras actividades tendientes a reforzar los lazos políticos, comerciales, culturales y en ciencia y técnica;

Que el artículo 124 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires dispone que, en caso de ausencia del Gobernador, las funciones del Poder Ejecutivo serán desempeñadas por el Vicegobernador, hasta que haya cesado dicha inhabilidad temporaria;

Que, consecuentemente, corresponde encomendar a la Señora Vicegobernadora de la Provincia de Buenos Aires, Verónica María Magario, la atención del despacho de los asuntos de competencia del Poder Ejecutivo, mientras dure la ausencia del primer mandatario provincial;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 124 y 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Encomendar la atención del despacho de los asuntos de competencia del Poder Ejecutivo a la Señora Vicegobernadora de la Provincia de Buenos Aires, Verónica María Magario (DNI 20.822.187 - Clase 1969), desde las 20:00 horas del día 1° de febrero hasta las 08:00 horas del día 9 de febrero de 2022, o hasta tanto cese la inhabilidad temporaria por ausencia del primer mandatario provincial.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar a la Honorable Legislatura Provincial y a la Escribanía General de Gobierno, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.