DECRETO 1013/2021

LA PLATA, 12 de Noviembre de 2021

VISTO el expediente N° 4444-15604/21, mediante el cual el Doctor Eduardo Daniel ELIZARRAGA presenta su renuncia al cargo de Agente Fiscal del Departamento Judicial Dolores, y

CONSIDERANDO:

Que el Doctor Eduardo Daniel ELIZARRAGA fue designado Agente Fiscal del Departamento Judicial Dolores, mediante Decreto N° 946 del 11 de diciembre de 2013;

Que el nombrado funcionario ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que le sea aceptada a partir del 1° de junio de 2021;

Que a fojas 18 ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto del Doctor ELIZARRAGA, en el marco de la Ley N° 8.085;

Que a fojas 19 se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que obran en esa sede actuaciones relacionadas con el nombrado funcionario, en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias, bajo el expediente SJ 561/20, caratulado “ELIZARRAGA Eduardo, Titular de la UFID N° 5 de Pinamar del Departamento Judicial Dolores s/ YESA Martín Iván – Denuncia”;

Que a fojas 26/27 se acompaña dictamen de Asesoría General de Gobierno concluyendo que “...en la medida que se verifique puntualmente al 1° de junio de 2021, la falta de configuración de la circunstancia indicada (artículo 36 Ley N° 13.661), podrá el Gobernador, de estimarlo oportuno y conveniente, dictar el acto administrativo que acepte la renuncia presentada por el doctor Eduardo Daniel ELIZARRAGA (artículo 144 -proemio- de la Constitución Provincial)”;

Que, en virtud de ello, a fojas 33 y 41 se ha expedido nuevamente la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que las actuaciones referidas relacionadas con el mencionado funcionario, "...se encuentran a la espera de dictamen de la Comisión Bicameral, en virtud de la vista conferida según lo prescripto en el art. 26 de la Ley 13.661 y sus modificatorias. En consecuencia, no se han cumplimentado los extremos previstos por el artículo 36 de dicha Ley Provincial”;

Que a fojas 39 la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informa que no ha recibido notificaciones en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661, en relación al Doctor ELIZARRAGA;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 1° de junio de 2021, a los fines jubilatorios, la renuncia presentada por el Doctor Eduardo Daniel ELIZARRAGA (DNI Nº 14.638.787 – clase 1961) al cargo de Agente Fiscal del Departamento Judicial Dolores.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.