Fundamentos de la
Ley 10468
Por este proyecto se propone eximir del pago del impuesto de sellos a todos los contratos de locación de inmuebles que se celebren en el ámbito de la Provincia con destino a vivienda.
Lo que se persigue es estimular a los propietarios de viviendas desocupadas para que las den en alquiler y de este modo contribuir a paliar las gravísimas situaciones, que en materia de vivienda está sufriendo el país y fundamentalmente reducir en su caso, los costos de la operación.
El acceso a una vivienda digna es un derecho innegable. Sin embargo también sabemos que, la mayoría trabajadora no puede acceder a ella mediante su adquisición. Así la locación se les presenta como una alternativa para poder vivir en centros urbanizados y con servicios y no verse obligados a “armar” precarias viviendas que no son dignas de su condición humana, y en lugares apartados de sus trabajos y con escasos medios de comunicación.
La otra faz de la moneda es la situación de inseguridad que están viviendo quienes son propietarios de inmuebles que no ocupan. El temor a verse privados de disponer de esos inmuebles tal vez por tiempo indeterminado, los hace retrotraerse y mantener cerradas las viviendas hasta que mejore la situación, sin comprender que con su actitud, están colaborando para que la situación no mejore o lo haga en forma más lenta.
Por este motivo el Estado debe incentivar la voluntad de aquellos y una de las maneras de hacerlo es otorgándoles beneficios, por ejemplo, en materia impositiva como el que se prevé en este proyecto de ley.
No será ésta la solución de fondo al problema. Pero no es menos cierto que la reducción de los costos administrativos contribuirá, en estos momentos de excepción por la falta de viviendas, a la concreción de nuevas operaciones inmobiliarias con su consiguiente beneficio.
El beneficio social es altamente superior al monto de ingresos que dejan de percibirse, y además, es justo reconocer que en la práctica, un alto porcentaje de este impuesto se evade irremediablemente, sin que esta afirmación constituya la aprobación de esas conductas.
Por lo expuesto es que solicito de esta H. Cámara la aprobación del presente proyecto.