LEY 5515
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la Sociedad de Primeros Auxilios “Luis A. Máspero”,
de Remedios de Escalada, partido de Cuatro de Junio, la cantidad de cuarenta
mil pesos moneda nacional ($ 40.000m/n), para pagar el saldo de
construcción del edificio destinado al Instituto de Puericultura, licitado por
dicha institución.
ARTÍCULO 2.- Los fondos necesarios para atender el gasto que
demande el cumplimiento de esta ley, que se declara de urgencia, se tomarán de
la partida “Leyes Especiales”, Rubro I, Capítulo XIII, de la Ley 5142, con imputación a la
presente.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.