LEY 5515

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la Sociedad de Primeros Auxilios “Luis A. Máspero”, de Remedios de Escalada, partido de Cuatro de Junio, la cantidad de cuarenta mil pesos moneda nacional ($ 40.000m/n), para pagar el saldo de construcción del edificio destinado al Instituto de Puericultura, licitado por dicha institución.

 

ARTÍCULO 2.- Los fondos necesarios para atender el gasto que demande el cumplimiento de esta ley, que se declara de urgencia, se tomarán de la partida “Leyes Especiales”, Rubro I, Capítulo XIII, de la Ley 5142, con imputación a la presente.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.