LEY 14554
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON UERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Fíjase en la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO ILLONES NOVECIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO ($ 38.909.934.-) el total del Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Capital del Honorable Senado para el Ejercicio Financiero Año 2014, de acuerdo con la clasificación económica y detalle de las Partidas Principales y Sub-Principales que figuran en el Anexo y el número de cargos de la Planta Permanente -con excepción del Señor Presidente y de los Señores Senadores y Funcionarios de Ley- y el número de cargos y las Unidades de Cuenta Legislativa para el Agrupamiento Bloque Político, ambos de la Planta Temporaria, en los que se establecen en el citado Anexo, que forma parte integrante de la presente Ley.
Erogaciones Corrientes $ 904.815.658,64.-
Erogaciones de Capital $ 34.094.275,36.-
Total Presupuesto Ejercicio Financiero Año 2014 $ 938.909.934.-
ARTÍCULO 2º.- Facúltase a
la Presidencia del H. Senado, en el marco de las disposiciones de los artículos
5º y 6º de la Ley
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil trece.