LEY 5395
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a entregar en calidad de subsidio y por una sola vez al Polígono de Tiro “General Alvear”, de la localidad de Rojas, la cantidad de diez mil pesos moneda nacional ($ 10.000 m/n) como contribución a los gastos que le origina la celebración de sus bodas de oro, a cumplirse el 28 de octubre de 1948.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente, que se declara de urgencia, se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.