DECRETO 2670/97
LA PLATA, 15 de AGOSTO de 1997.
VISTO el Decreto 3.321/96 por el cual se declaró en estado de emergencia físico-funcional al sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO:
Que dicho estado de emergencia comprende los aspectos de infraestructura edilicia y de servicios de todas las unidades educativas de la Provincia, y subsistirá hasta superar las carencias de los mismos (artículos 1º y 8º Decreto 3.321/96);
Que constante fluctuaciones en la matrícula educativa que se producen en el Conurbano Bonaerense, ocasionan desbordes de la capacidad instalada, provocando en consecuencia la necesidad de procurar nuevos servicios para solucionar dicha situación;
Que ello torna imprescindible la adopción de medidas conducentes a reforzar la infraestructura edilicia a efectos de asegurar la normal prestación de esos servicios, lo que constituye un deber insoslayable del Estado;
Que los relevamientos efectuados por la Dirección General de Cultura y Educación, surge la necesidad de la realización de las obras de construcción de setenta y seis (76) nuevos establecimientos educativos;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTICULO 1: Decláranse comprendidas en la emergencia dispuesta por el Decreto 3.321/96, la realización de las obras de construcción de setenta y seis (76) nuevos edificios escolares, cuyos emplazamientos se encuentran determinados en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2: Los emprendimientos indicados en el artículo anterior se ejecutarán de conformidad a las disposiciones establecidas en el Decreto 3.321/96.
ARTICULO 3: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios en el Departamento de Gobierno y Justicia, de Economía y Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Dirección General de Cultura y Educación, a sus efectos.