DECRETO 2670/97

 

LA PLATA, 15 de AGOSTO de 1997.

 

VISTO el Decreto 3.321/96 por el cual se declaró en estado de emergencia físico-funcional al sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dicho estado de emergencia comprende los aspectos de infraestructura edilicia y de servicios de todas las unidades educativas de la Provincia, y subsistirá hasta superar las carencias de los mismos (artículos 1º y 8º Decreto 3.321/96);

 

Que constante fluctuaciones en la matrícula educativa que se producen en el Conur­bano Bonaerense, ocasionan desbordes de la capacidad instalada, provocando en conse­cuencia la necesidad de procurar nuevos servicios para solucionar dicha situación;

 

Que ello torna imprescindible la adopción de medidas conducentes a reforzar la infraestructura edilicia a efectos de asegurar la normal prestación de esos servicios, lo que constituye un deber insoslayable del Estado;

 

Que los relevamientos efectuados por la Dirección General de Cultura y Educación, surge la necesidad de la realización de las obras de construcción de setenta y seis (76) nuevos establecimientos educativos;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTICULO 1: Decláranse comprendidas en la emergencia dispuesta por el Decreto 3.321/96, la realización de las obras de construcción de setenta y seis (76) nuevos edificios esco­lares, cuyos emplazamientos se encuentran determinados en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente Decreto.

 

ARTICULO 2: Los emprendimientos indicados en el artículo anterior se ejecutarán de conformidad a las disposiciones establecidas en el Decreto 3.321/96.

 

ARTICULO 3: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios en el Departamento de Gobierno y Justicia, de Economía y Obras y Servicios Públicos.

 

ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Dirección General de Cultura y Educación, a sus efectos.