DECRETO 2561/10

 

LA PLATA, 2 de diciembre de 2010.

 

VISTO el expediente Nº 5826-4899537/09 Alcance 2 y agregado Nº 5826-4899537/09 Alcance 3 por el que tramita un proyecto de Decreto referido a los agentes regidos por la Ley Nº 10430 y modificatorias que se desempeñan como choferes en la Dirección General de Cultura y Educación, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el marco de las negociaciones colectivas regidas por la Ley Nº 13453 los representantes del Estado Provincial han arribado a acuerdos sustantivos con los representantes de los trabajadores en relación al tratamiento laboral y salarial a otorgar a los agentes del régimen de la Ley 10430 y modificatorias que se desempeñan como choferes en la Dirección General de Cultura y Educación y en el Ministerio de Desarrollo Social, a regir a partir del 1º de diciembre de 2008 inclusive;

 

Que oportunamente fueron designados en Planta Temporaria-Personal Transitorio, a partir del 1º de marzo de 2010, un total de treinta y cuatro (34) agentes en la Dirección de Transporte de la Dirección Provincial de Servicios Generales de dicha Jurisdicción;

 

Que las mencionadas designaciones tienen fundamento en la necesidad de contar con personal especializado para conducir camionetas entregadas por la CONADIS (Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas) para el traslado de alumnos de escuelas especiales de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que deviene necesario extender la bonificación remunerativa y no bonificable establecida por el artículo 3º inciso a) del Decreto Nº 181/09 a los agentes postulados por la Dirección General de Cultura y Educación, incorporándolos al Anexo A del citado acto;

 

Que la Dirección General de Cultura y Educación cuenta con los créditos presupuestarios necesarios para atender la erogación que por el presente acto se propicia;

 

Que han tomado la intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Dirección Provincial de Presupuesto y la Dirección Provincial de Personal;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Incorporar a la nómina del Anexo A del Decreto Nº 181/09, a partir del 1º de marzo de 2010, a los agentes que se desempeñan como choferes en la Dirección General de Cultura y Educación, y cuyos datos personales, situación de revista y régimen horario se consignan en el Anexo Único del presente.

 

ARTÍCULO 2.- Dejar establecido que los agentes que se consignan en el Anexo Único del presente percibirán la bonificación remunerativa no bonificable dispuesta por el artículo 3º inciso a) del Decreto Nº 181/09.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía, de Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

ARTÍCULO 4.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.

 

ALBERTO PEREZ                                    DANIEL OSVALDO SCIOLI

Ministro de Jefatura de                                 Gobernador

Gabinete de Ministros

 

OSCAR ANTONIO CUARTANGO        ALEJANDRO G.ARLÍA

Ministro de Trabajo                                       Ministro de Economía