DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

 

DECRETO 1463/04

 

La Plata, 6 de JULIO de 2004.

 

   VISTO: El Expediente Nº 2432-10/00 alcance 6 y agre­gados sin acumular del Ministerio de Infraestructura, Vivien­da y Servicios Públicos, por el que se gestiona la revocación del Decreto Nº 1014/00, mediante el cual se dispuso la res­cisión del contrato la obra: "Construcción del Estadio Ciu­dad de La Plata", suscripto con la U.T.E. Sade Ingeniería y Construcciones S.A. - Ecodyma Empresa Constructora S.A., en los términos del artículo 60º inc. c) de la Ley Nº 6021 y las consecuencias del artículo 62º del citado ordenamiento legal; y

 

CONSIDERANDO:

 

   Que con posterioridad se suscribe un Acta Acuerdo con la citada firma, por la cual se conviene, de común acuerdo, la rescisión del contrato de la referida obra en los términos del artículo 3º de la Ley 12.727 Y artículo 65º de la Ley 6021 (cláusula primera), instrumento aprobado por Resolución Nº 783/03 emanada del citado Departamento de Estado (fs. 3851386 y vta.);

 

   Que asimismo la Cláusula Quinta del Acta Acuerdo de referencia prevé la revocación del Decreto Nº 1014/00, con­forme a lo expresado en la Cláusula Cuarta de dicha Acta que condiciona las renuncias de la contratista, entre otros presupuestos, a la gestión de revocación;

 

   Que la misma encuentra su justificación en la circuns­tancia de haber arribado a un acuerdo que permite superar las controversias planteadas;  Que a fs. 391 toma intervención la Contaduría General de la Provincia;

Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 390 y vta.) y la vista de la Fiscalía de Estado (fs. 393 y vta.), procede dictar el perti­nente acto administrativo;

 

   Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º.- Revócase el Decreto Nº 1014/00.

 

ARTICULO 2º. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Infraes­tructura, Vivienda y Servicios Públicos.

 

ARTICULO 3º. - Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos (Dirección Provincial de Arquitectura) para su co­nocimiento y fines pertinentes.