DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 2195

La Plata, 16 Setiembre de 2004

VISTO, el Expediente Nº 2159-1040/04, por el cual la Secretaría de Turismo y Deporte informa la demanda de los bienes y servicios necesarios para el desarrollo de las Finales Provinciales en el marco de los Torneos Bonaerenses 2004; y
CONSIDERANDO:

Que la realización de los Torneos Bonaerenses 2004, fue autorizada por el Decreto Nº 788 de fecha 22 de abril de 2004;
Que en ese marco tendrá lugar entre los días 19 al 23 de setiembre en la ciudad de Mar del Plata, la Final de la Categoría Menor Escolar de los Torneos Juveniles Bonaerenses 2004;
Que esta categoría forma parte de las Competencias Deportivas Interescolares Nacionales, y los finalistas participarán en la Final Nacional a realizarse entre los días 02 y 07 de octubre, evento del cual saldrán los participantes que representarán a nuestro País en los X Juegos Sudamericanos Escolares, a realizarse en SUCRE (REPÚBLICA DE BOLIVIA) en la primera semana de noviembre;
Que por otro lado y en el mismo marco, se llevará a cabo entre los días 25 al 29 de setiembre en la citada ciudad, la Final Provincial de los Juegos Nacionales EVITA 2004, Categoría Cadetes no Federados, donde clasificarán los participantes que representarán a nuestra Provincia en la Final Nacional, a desarrollarse en la Provincia de Misiones del 17 al 21 de octubre próximo;
Que se ha previsto la realización de la Final Provincial de los Torneos Juveniles y Abuelos Bonaerenses 2004, en la ciudad de Mar del Plata, entre el 21 al 26 de noviembre;
Que la Secretaría de Turismo y Deporte ha informado la totalidad de la demanda de bienes y servicios necesarios para su realización;
Que tanto la naturaleza propia del evento, como también la decisión adoptada en esta Instancia mediante lo dispuesto por el artículo 1º del precitado Decreto, enmarca su organización en las disposiciones del artículo 40 de la Ley Nº 10.189 (T. O. Decreto Nº 4502/98 y modificatorios) y, en consecuencia, autoriza la ejecución de los gastos que se eroguen en ese marco legal;
Que a los fines de una mejor administración se propicia la autorización específica para resolver la demanda y su estimación, tal como se detalla en el Anexo I del presente Decreto;
Que por otro lado, se requiere la intervención de personal profesional, técnico, de coordinación y auxiliares con experiencia en el área deportiva para asistir al desarrollo del programa, tanto en relación de empleo con la Administración Provincial como ajeno a ella;
Que estos últimos pueden contratarse bajo la modalidad de una locación de servicios conforme al modelo que como Anexo II integra el presente, y sobre la base de los objetos y montos tarifados en el Anexo III, apartados a) y b);
Que para el caso del personal perteneciente a la Administración Provincial, procede habilitar un cupo adicional de URPES y horas extras para resolver la mayor dedicación horaria, así como también la exigencia de desempeñar otras tareas calificadas que les demandará el evento, cuestión que se ha de resolver por separado;
Que no obstante, cabe en esta oportunidad dejar debidamente establecido que la totalidad de las erogaciones que por ese concepto demande la convocatoria de diversos agentes de las distintas jurisdicciones, cualquiera fuere el régimen estatutario que los rige, se atenderán con cargo al presupuesto asignado para el financiamiento de los Torneos Bonaerenses 2004, a la jurisdicción de la Secretaría General de la Gobernación;
Que ha tomado la intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno (fs. 17)
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida, sobre la base de lo autorizado por el Artículo 40 de la Ley Nº 10.189 (T. O. Decreto Nº 4502/98 y modificatorios);

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA


ARTÍCULO 1º: Autorízase a la Subsecretaría Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación a ejecutar, en el marco de lo normado por el artículo 40 de la Ley Nº 10.189 (T.O. Decreto Nº 4502/98 y modificatorios), los gastos que demande la realización de las Etapas Finales de los Torneos Bonaerenses – Edición 2004, cuyo detalle obra en el Anexo I (apartado A), el que pasa a formar parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º: Autorízase a la Subsecretaría Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación a contratar profesionales, técnicos, personal de coordinación y auxiliares bajo la modalidad de locación de servicios, conforme al modelo de contrato que como Anexo II forma parte del presente y sobre la base de los objetos contractuales y montos tarifados en el Anexo III a) y b) que también forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO Nº 3: Las erogaciones que se autorizan por los artículos anteriores, podrán efectuarse tanto mediante el retiro de fondos por parte del señor Secretario General de la Gobernación en los términos de la excepción establecida por la norma legal invocada, como mediante un proceso de gasto presupuestario con imputación a la partida 3.9.1 – Servicios de Ceremonial, o la asignación de sumas de dinero a la Subsecretaría Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación, con cargo de rendir cuentas en forma documentada.

ARTÍCULO 4º: Autorizase a la Subsecretaría Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación a otorgar subsidios a las distintas Municipalidades, según la propuesta que formule oportunamente la Secretaría de Turismo y Deporte, los que serán atendidos con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2004 – Ley 13.154, Jurisdicción 6, Categoría de Programa ACO 3, Finalidad 1, Función 3, Fuente de Financiamiento 11, Partida Principal 5, Partida Subprincipal 3, Partida Parcial 2, Subparcial 902 y conforme al importe consignado en el Anexo I (apartado B), el que pasa a formar parte integrante del presente.

ARTÍCULO 5º: La asignación de Unidades Retributivas por Productividad y Eficiencia, prevista en el Decreto Nº 159/02, a los agentes de las distintas jurisdicciones, cualquiera fuere el régimen estatutario vigente, que fueran convocados por la Secretaría de Turismo y Deporte para asistir al desarrollo de los Torneos Bonaerenses – Edición 2004, se atenderá con cargo a los créditos específicos asignados en el presupuesto de la Secretaría General de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

ARTÍCULO 7º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Subsecretaría Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación para la intervención de su competencia. Cumplido, archívese.



ANEXO I

 

 

 

Apartado A: Gastos

 

 

 

CONCEPTOS

IMPORTE

 

ESTIMADO

 

 

Adquisición de Banderas

$ 40.000

Adquisición Artículos de Librería

$ 18.000

Adquisición de Insumos Médicos

$ 40.000

Adquisición de Pasajes Oficiales

$ 50.000

Adquisición Matafuegos

$ 10.000

Adquisición Material de Premiación

$ 22.000

Adquisición Material Deportivo

$ 33.000

Adquisición Materiales Eléctricos,

 

Informáticos y Telefónicos

$ 70.000

Adquisición Sistema Señalética y Cartelería

$ 60.000

Alquiler Baños Químicos

$ 3.000

Alquiler Computadoras e Impresoras

 

y/o su adquisición

$ 100.000

Alquiler de Central y Líneas Telefónicas

$ 12.000

Alquiler de Equipos de Comunicación Móvil

$ 50.000

Alquiler Escenarios Deportivos/Culturales

$ 120.000

Alquiler Fotocopiadoras

$ 5.000

Alquiler Palco Fiesta Inaugural

$ 20.000

Alquiler de grupo electrógeno

$ 10.000

Indumentaria para coordinadores

$ 16.000

Alquiler tabiques Centro de Cómputos

 

Hotel Provincial

$ 25.000

Contratación de Impresiones y Folletería

$ 20.000

Contratación de Seguros Varios

$ 40.000

Contratación Equipos de Sonido e Iluminación

$ 35.000

Contratación Plazas Hoteleras y Provisión

 

de Viandas

$ 200.000

Contratación Sistemas de Acreditaciones

$ 7.000

Gastos Varios y Caja Chica

$ 50.000

Honorarios al Personal que desempeña

 

funciones en los C.I.C.

 

En ambos Torneos

$ 350.000

Instalación Redes

 

( informática,eléctrica y telefónica)

$ 70.000

Servicio de Limpieza

$ 18.000

Servicio de Seguridad Hotel Provincial

$ 38.000

Servicio de Transporte

$ 328.000

Provisión de indumentaria

$ 680.000

Vales de Combustible

$ 20.000

Viáticos

$ 80.000

TOTAL

$ 2.640.000

Apartado B – Subsidios

 

 

 

Monto a distribuir entre los

 


Municipios Intervinientes

IMPORTE

 

ESTIMADO

Subsidio Municipios Finales

 


Provincial Torneos Juveniles

 

y Abuelos Bonaerenses

$ 4.330.000


TOTAL

$ 4.330.000

 

 

ANEXO II

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS

Entre la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires con domicilio en la calle 6 entre 51 y 53, en adelante ”La Contratista”, representada en este acto por el Subsecretario Administrativo Cr. Luis Alfredo DENIRO y .............................................., DNI. N° ..........................., con domicilio en calle ...................................... N° ........... de la localidad de ......................, constituyendo domicilio contractual en la calle ............................. N°........... de la localidad de La Plata, por la otra parte y en adelante “EL CONTRATADO”, acuerdan en celebrar el siguiente contrato de locación de servicios, el que se regirá por las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:
PRIMERO: “EL CONTRATADO” se compromete a ............................................. ...............................................................................................................................
SEGUNDO: El presente contrato tendrá vigencia a partir del ........ de ..................... del año 2004 y hasta el ........ de ....................... del año 2004.
TERCERO: “EL CONTRATADO” percibirá la suma de pesos ............................. ($..........) por todo concepto, previa certificación por parte de la Secretaría de Turismo y Deporte del efectivo cumplimiento del objeto por parte de “EL CONTRATADO”.
CUARTO: “EL CONTRATADO” prestará servicios a tiempo completo durante el desarrollo de la Etapa final de los Torneos Bonaerenses Edición 2004.
QUINTO: El incumplimiento de los deberes y/o quebrantamiento de las prohibiciones, hará pasible a “EL CONTRATADO” de la rescisión del contrato.
SEXTO: No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el presente contrato podrá ser rescindido por cualquiera de las partes sin expresión de causa y la decisión de una de ellas no dará derecho a la otra a reclamar indemnización.
SEPTIMO: “EL CONTRATADO” declara no estar comprendido en las causales de incompatibilidad, ni ser agente en relación de empleo público con la Administración Pública Provincial.
OCTAVO: Se deja expresamente a salvo la potestad del Poder Ejecutivo para revocar en sede administrativa el presente contrato cuando se comprobare administrativamente la existencia de graves irregularidades de conformidad con el artículo 1° del Decreto N° 4041/96, no haciendo lugar a reconocimiento alguno por daños y perjuicios derivados de la revocación en las condiciones allí establecidas.
NOVENO: Las partes constituyen domicilio en el lugar antes indicado, donde serán válidas todo tipo de notificaciones judiciales o extrajudiciales, sometiéndose a los Tribunales Ordinarios de la ciudad de La Plata para dirimir los conflictos que con motivo del presente pudieran originar.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de La Plata, a los ...... días del mes de ..................... del año 2004.

.................................................... ....................................................
FIRMA DEL CONTRATADO

ANEXO III

a) OBJETOS CONTRACTUALES

* Servicio Médico: Coordinación general médica en el área juveniles y área abuelos, consultorio de deporto logia, traumatología, cardiología, evaluación nutricional y neurología infantil.

* Servicio de Coordinación: Coordinación de disciplina, horarios, control de responsables de áreas y competencias, control general de escenarios de competencia.

* Responsable de área: Colaboración con el coordinador en el control operativo de competencias y escenarios, coordinación de área y/o modalidad de competencia, horarios, control de responsabilidades y competencias.

* Responsable de Competencia: Montaje y desmontaje de escenarios de competencia, colabora con el responsable desempeñando funciones técnicas y administrativas inherentes al desarrollo de las competencias.

* Auxiliar de Mantenimiento: Colaboración en el montaje y desmontaje de escenarios de competencia, limpieza y mantenimiento de las instalaciones.

* Personal Administrativo: Desarrolla tareas de gestión administrativa en relación con las distintas áreas y servicios de la organización general, y logística de las competencias.

* Jurado: Jurados de disciplinas culturales.

* Jueces o árbitros: Arbitraje de las disciplinas deportivas.

* Coordinador de Guardavidas: Coordinación general del equipo de guardavidas, horarios, desempeño técnico y actitudinal, responsable de emitir informes de su área.

* Guardavidas: Desempeño de tareas conforme a los alcances que regulan el ejercicio de su profesión.

* Profesional de ciencias aplicadas al deporte: Realiza estudios, investigación y capacitación, en disciplinas científicas relacionadas con el deporte.

b) HONORARIOS

 

OBJETO CONTRACTUAL

IMPORTE

 

 

Coordinador General Servicio Médico

Hasta

$

1.500

Médico Especialista

Hasta

$

1.000

Médico Campo

Hasta

$

900

Supervisor Internación Complejidad

Hasta

$

1.000

Técnico Mantenimiento Hospital

Hasta

$

600

Enfermero Universitario

Hasta

$

900

Enfermero Asistente Campo

Hasta

$

480

Chofer Servicio Médico

Hasta

$

480

Radioperador Servicio Médico

Hasta

$

480

Administrativo Servicio Médico

Hasta

$

200

Mantenimiento Servicio Médico

Hasta

$

480

Farmacéutico

Hasta

$

600

Coordinador

Hasta

$

600

Responsable de Área

Hasta

$

500

Responsable de Competencia

Hasta

$

400

Personal Administrativo

Hasta

$

500

Auxiliar de Competencia

Hasta

$

350

Auxiliar de Mantenimiento

Hasta

$

200

Jurados (honorario diario)

Hasta

$

100

Jueces o Árbitros

Hasta

$

300

Árbitros Profesionales

Hasta

$

750

Coordinador Guardavidas

Hasta

$

600

Guardavidas

Hasta

$

500