DECRETO 514/12

 

La Plata, 11 de junio de 2012.

 

VISTO el expediente Nº 22.400-17.525/11, el Decreto Nº 2886/08 y modificatorios y la Ley Nº 13757 y modificatorias, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que es competencia del Ministerio de la Producción la participación en la definición de los ejes de la política tecnológica provincial, principalmente en las actividades de innovación y transferencia de tecnología hacia los sectores productivos, sin perjuicio de las competencias específicas en la materia de otros organismos provinciales;

 

Que la misma se fundamenta en la necesidad de la aplicación de las nuevas políticas y programas diseñados por el Ministro de la Producción;

 

Que la jurisdicción se caracteriza por atender demandas en número y complejidad crecientes, originadas en una actividad particularmente dinámica y gravitante como es la ciencia y la tecnología;

 

Que la reorganización del Ministerio de la Producción con vistas a atender las necesidades de las políticas específicas y de los diversos programas a ejecutar, redundará en un aumento de la eficiencia en la prestación de los servicios, que permitirá continuar con el desarrollo productivo provincial;

 

Que consecuentemente se propicia la modificación de la estructura orgánico-funcional centralizada del Ministerio de la Producción aprobada por el Decreto Nº 2886/08 y modificatorios, incorporando la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología y la Dirección General de Coordinación y Gestión Institucional;

 

Que corresponde exceptuar a la presente medida de lo dispuesto en el Decreto Nº 1322/05;

 

Que han tomado intervención la Subsecretaría para la Modernización de Estado, la Dirección Provincial de Personal, la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Asesoría General de Gobierno;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Modificar e incorporar a la estructura orgánico-funcional centralizada del Ministerio de la Producción, aprobada por Decreto Nº 2886/08 y modificatorios, la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología y la Dirección General de Coordinación y Gestión Institucional, de conformidad con el organigrama y las acciones que como anexos 1, 1a, 1b, 2a y 2b forman parte integrante del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2.- Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN (1) Subsecretario de Ciencia y Tecnología; UN (1) Director Provincial de Formación para la Innovación; UN (1) Director Provincial de Planeamiento; UN (1) Director General de Coordinación y Gestión Institucional; UN (1) Director de Vinculación y Formación; UN (1) Director de Estrategias Emprendedoras; UN (1) Director de Planificación y Proyectos; UN (1) Director de Vínculos Institucionales; UN (1) Director de Coordinación y UN (1) Director de Gestión Facilitadora, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley Nº 10430 -Texto Ordenado mediante Decreto Nº 1869/96.

 

ARTÍCULO 3.- Establecer que dentro del plazo de ciento ochenta (180) días el titular de la jurisdicción deberá efectuar la desagregación integral de la totalidad de la estructura orgánico-funcional, como así también arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por el presente Decreto previa intervención de los organismos y dependencias competentes.

 

ARTÍCULO 4.- El Ministerio de la Producción propiciará ante el Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio vigente.

 

ARTÍCULO 5.- Exceptuar la presente medida de lo dispuesto por el Decreto Nº 1322/05.

 

ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de la Producción, de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Economía.

 

ARTÍCULO 7.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y a la Dirección Provincial de Gestión Pública. Cumplido, archivar.  

 

 

 

 

 

 

ANEXO 2a

 

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ACCIONES

 

1.      Programar y planificar la definición y el diseño de la política tecnológica provincial con el fin de potenciar el desarrollo productivo del sector.

2.      Promover la inserción del conocimiento científico generado a nivel provincial en los sectores productivos y su vinculación con el uso de nuevas tecnologías.

3.      Articular y coordinar acciones con el resto de las Subsecretarías del Ministerio orientadas a promover la innovación tecnológica con el fin de fortalecer la generación de empleo y potenciar el perfil exportador del sector productivo provincial.

4.      Formular y proponer nuevos instrumentos de producción científica y tecnológica para el fortalecimiento de las políticas aplicadas al desarrollo de la producción a nivel provincial.

5.      Proponer, programar y proyectar políticas orientadas a fortalecer la innovación tecnológica para su transferencia a los actores que integran el sector productivo provincial, coordinando acciones con las distintas dependencias del Ministerio.

6.      Coordinar, supervisar y controlar el funcionamiento de los instrumentos y herramientas de promoción en materia científica-tecnológica que administra la Provincia, en el ámbito de la competencia de la Subsecretaría.

7.      Planificar estrategias de descentralización del sistema de investigación y potenciar su impacto en las regiones, en coordinación con lo organismos competentes en la materia.

8.      Propiciar la formulación de proyectos de investigación científica y tecnológica, incluyendo aquellos destinados a establecer o aumentar la cooperación científica y tecnológica entre grupos que realizan actividades en diversas regiones del país y del exterior.

9.      Participar en la capacitación y formación de recursos científicos del ámbito provincial a fin de alcanzar un incremento cualitativo y cuantitativo de los mismos, como así también en su inserción en los sectores productivos.

10.  Propiciar la creación de la infraestructura necesaria con la finalidad específica de impulsar el crecimiento del sistema científico-tecnológico en el ámbito de la Provincia.

11.  Diseñar e impulsar la promoción de recursos de financiamiento de los instrumentos promocionales, programas, planes y proyectos de la Subsecretaría, en coordinación con los organismos competentes en la materia.

12.  Implementar acciones para realizar congresos a nivel nacional, provincial y municipal, talleres y reuniones de trabajo de carácter nacional e internacional en materia de transferencia de tecnología e innovación al sector productivo.

 

SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FORMACIÓN PARA LA INNOVACIÓN

ACCIONES

 

1.      Generar mecanismo de interacción con el Sistema Productivo a través de la ejecución de planes y programas de formación para la innovación.

2.      Coordinar programas formativos y orientarlos a reducir la brecha entre los sectores vinculados a la transferencia de conocimiento y el productivo.

3.      Formular las bases y proyectar la articulación entre el Ministerio y la Dirección General de Cultura y Educación a fin de colaborar en el desarrollo de la educación técnica y otras áreas vinculadas a su competencia.

4.      Impulsar convenios de colaboración y cooperación con actores económicos.

5.      Incentivar en actores específicos el desarrollo de programas de responsabilidad social empresaria dirigidos a la transferencia de tecnología e innovación tecnológica.

6.      Planificar y gestionar congresos y eventos en el territorio nacional y provincial, como así también talleres de trabajo de carácter nacional e internacional, en el área de su competencia.

7.      Establecer las pautas para el desarrollo de pasantías entre actores del ámbito privado y el sistema educativo, en coordinación con los organismos competentes.

8.       Desarrollar mesas de trabajo y seminarios vinculando empresas y cámaras empresarias en temáticas afines, para la identificación de temas y problemáticas de interés común en el ámbito formativo.

9.      Coordinar acciones con el Sistema Productivo provincial actores de transferencia de conocimientos y organismos municipales y regionales para identificar problemas comunes y proponer soluciones.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FORMACIÓN PARA LA INNOVACIÓN

DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN Y FORMACIÓN

ACCIONES

 

1.      Articular con la Dirección General de Cultura y Educación, las acciones tendientes al fortalecimiento de la educación técnica.

2.      Articular la generación de convenios de colaboración y cooperación con entidades que agrupen pequeñas y medianas empresas, en el marco de su competencia.

3.      Cooperar en la realización de programas de formación y entrenamiento, a nivel provincial, destinados a pequeñas y medianas empresas.

4.      Promover la implementación de modalidades de entrenamiento, público-privadas, destinadas a la inserción laboral, en coordinación con los organismos competentes.

5.      Realizar jornadas, congresos y eventos, como así también talleres de trabajo, que permitan la articulación entre los actores educativos y el ámbito empresario privado.

6.      Incentivar en actores específicos el desarrollo de programas de carácter nacional e internacional de formación laboral, en coordinación con organismos competentes.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FORMACIÓN PARA LA INNOVACIÓN

DIRECCIÓN DE ESTRATEGIAS EMPRENDEDORAS

ACCIONES

 

1.      Evaluar proyectos que promuevan la cultura emprendedora en materia de innovación tecnológica determinando su viabilidad.

2.      Proponer programas de financiamiento y puesta en marcha de sistemas de incubación que involucren proyectos de base tecnológica y de productos innovadores.

3.      Articular entre los actores de ámbito emprendedor con instituciones y programas dedicados al financiamiento de proyectos de empresas nuevas, vinculadas a la ciencia y la tecnología.

4.      Proponer la realización de convenios con Municipios para desarrollar programas destinados a incentivar la cultura emprendedora orientados a la ciencia y la tecnología.

5.      Organizar y participar en seminarios, congresos y cualquier tipo de evento relacionados con la cultura emprendedora, vinculadas a la ciencia y la tecnología.

6.      Coordinar con actores del ámbito privado y del sistema educativo para implementar el desarrollo de pasantías, en coordinación con lo organismos competentes.

 

SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PLANEAMIENTO

ACCIONES

 

1.      Elaborar estrategias de planeamiento y apoyo financiero de proyectos o iniciativas, complementando su tarea con la de técnicos asociados a cada iniciativa o proyecto.

2.      Proponer el plan operativo y financiero de proyectos promovidos por la Subsecretaría.

3.      Propiciar la transferencia de conocimientos a través de la articulación de programas de innovación y de financiamiento con el sector privado.

4.      Impulsar estrategias de aplicación de la ciencia al proceso productivo, promoviendo su impacto en la competitividad, fomentando la innovación tecnológica a nivel empresarial.

5.      Coordinar las relaciones con otras instituciones que permitan procurar otras fuentes de financiamiento, con intervención de los organismos con competencia específica en la materia.

6.      Asistir integralmente a empresas para la incorporación de tecnologías existentes en el sistema.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PLANEAMIENTO

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y PROYECTOS

ACCIONES

 

1.      Promover el diseño de proyectos y el apoyo para la planificación de estrategias establecidas, así como impulsar propuestas de nuevas iniciativas o proyectos particulares.

2.      Elaborar, implementar y coordinar programas para la creación de nuevas empresas de base tecnológica en la Provincia de Buenos Aires.

3.      Promover la ejecución de proyectos de investigación y desarrollo que tengan por objetivo el estudio de soluciones a problemas regionales.

4.      Asesorar y asistir a grupos investigadores sobre la formulación de proyectos de investigación y obtención de financiamiento.

5.       Asesorar y asistir a emprendedores tecnológicos sobre cómo crear su empresa y procurar el financiamiento.

6.      Implementar el desarrollo de proyectos de empresas de base tecnológica con actores del ámbito privado y sistema científico.

7.      Promover la ejecución de herramientas que tengan por objetivo la innovación y la respuesta a demandas de la región y/o la Provincia.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PLANEAMIENTO

DIRECCIÓN DE VÍNCULOS INSTITUCIONALES

ACCIONES

 

1.      Articular la comunicación del sistema científico-tecnológico provincial con las empresas y cámaras empresarias en temáticas afines, identificando problemáticas tecnológicas de interés común.

2.      Concertar mecanismos de vinculación con el sistema científico y tecnológico, organismos públicos nacionales, provinciales y municipales con fin de elaborar estrategias de planeamiento.

3.      Propiciar la creación de empresas de base tecnológica como derivación de otras empresas u organizaciones existentes.

4.      Identificar problemáticas estructurales comunes a las regiones de la Provincia, que puedan ser abordadas a través de la interacción con el sistema científico tecnológico.

5.      Fomentar la celebración de convenios entre el sistema científico-tecnológico provincial y los actores del sistema productivo provincial de carácter público y privado.

 

ANEXO 2b

 

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL

ACCIONES

 

1.      Promover, en coordinación con el Programa de Relaciones Institucionales, la comunicación, difusión y promoción de los aspectos políticos, económicos, tecnológicos, científicos y educativos, en materias propia de la competencia del Ministerio.

2.      Difundir y promocionar las actividades institucionales e intergubernamentales con municipios y demás reparticiones provinciales.

3.      Determinar la política y contenidos de la comunicación institucional relativa a los aspectos oficiales, con la finalidad de garantizar una mayor accesibilidad a los programas de promoción productiva, en coordinación con los organismos rectores en la materia.

4.       Implementar un sistema de comunicación institucional en el ámbito del Ministerio que contenga las distintas herramientas de información, como instrumento de desarrollo productivo, de conformidad con las pautas emanadas del organismo rector en la materia.

5.      Planificar en forma conjunta con las distintas dependencias del Ministerio encuentros académicos y de trabajo con autoridades y representantes del gobierno nacional, y de los gobiernos de las demás provincias, para el análisis de iniciativas, proyectos y propuestas de interés común.

6.      Promocionar las herramientas de desarrollo productivo con el fin de facilitar el acceso a las mismas de los actores que integran el sistema productivo de la Provincia.

7.      Controlar y ejecutar el seguimiento de los distintos programas, planes y proyectos de promoción destinados al sector productivo con la finalidad de evaluar el cumplimiento de los objetivos propuestos por el Ministerio.

 

DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN

ACCIONES

 

1.      Actuar como enlace institucional entre las distintas dependencias del Ministerio, en cuanto a comunicación, difusión y promoción de los aspectos políticos, económicos, tecnológicos, científicos y educativos.

2.      Diseñar herramientas a fin de evaluar la eficiencia y eficacia de los programas implementados por el Ministerio, como por organismos nacionales, provinciales municipales o entidades civiles.

3.      Analizar, proponer e implementar acciones necesarias que permitan mejorar la calidad de los programas de promoción establecidos por el Ministerio.

4.      Implementar acciones de comunicación institucional, articulando mecanismos con las áreas competentes.

5.      Organizar encuentros académicos y de trabajo con autoridades y representantes de los distintos sectores productivos.

 

DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL

DIRECCIÓN DE GESTIÓN FACILITADORA

ACCIONES

 

1.      Promocionar y difundir los programas existentes en el Ministerio para facilitar el acceso a los mismos de los distintos actores del sistema productivo provincial.

2.        Articular las herramientas otorgadas por dependencias nacionales, provinciales y municipales orientadas a la promoción productiva, tecnológica y de transferencia de conocimientos.

3.      Asistir a los distintos actores del sistema productivo, científico y tecnológico en las gestiones administrativas, contables, jurídicas y financieras para lograr el acceso a los programas vigentes.

4.      Supervisar el seguimiento de las tramitaciones que gestionen los actores del sistema productivo de la Provincia a nivel nacional, provincial y municipal. 

5.      Elaborar un sistema de control de los procesas de desarrollo de los programas productivos para garantizar el efectivo acceso a los mismos.