DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 2.845
La Plata, 28 de noviembre de 2005.
Visto: La Ley N° 10.449, su modificatoria N° 10.461, y el Decreto 2028/05, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto
se incorpora al ámbito del Ministerio de Gobierno Subsecretaría de Gobierno, el
Departamento Escuela de Aprendices;
Que para ésta área se determina el cargo de Jefe de Departamento Escuela de
Aprendices;
Que el Decreto 2028/05 referencia el cargo en cuestión con el régimen para la
Administración Pública Provincial -Ley 10.430 y su reglamentación;
Que la Ley N° 10.449 Estatuto para el Personal Técnico Gráfico de la
Administración Pública Provincial, es la norma que instituyera la Escuela de
Aprendices;
Que la misma Ley N° 10.449, modificada por la Ley N° 10.461, prevé los cargos y
categorías respectivas para el Personal Técnico Gráfico de la Administración;
Que, por ello, corresponde corregir la redacción del artículo 6° del Decreto N°
2028/05 siendo la referencia pertinente a la Ley 10.449;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1º.- Sustitúyese el Artículo 6° del Decreto 2028/05 por el siguiente:
“Artículo 6°.- Determínese para el Departamento creado en el Artículo precedente el cargo de Jefe de Departamento Escuela de Aprendices, conforme los cargos vigentes que rigen para el Personal Técnico Gráfico de la Administración Pública Provincial - Ley 10.449.”
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de los Departamentos de Gobierno y Economía.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Gobierno. Cumplido archívese.
SOLA
F. Randazzo
G. A. Otero