Fundamentos de la Ley 12393

 

 

 

 

 

 

 

 

            La Universidad Nacional de Mar del Plata, ha implementado desde el año 1986, el Proyecto de Universidad Abierta, en adelante PUA, constituyendo así un centro de educación a distancia cuya finalidad es brindar ofertas educativas de nivel superior, aquella amplia franja de la población que, por diversas razones geográficas, económicas, laborales, personales, etc. no puede acceder a los centros de estudios presenciales. El PUA es una respuesta en nuestro medio al principio de igualdad de oportunidades educativas, de nivel superior, así como uno de los instrumentos fundamentales para la formación, capacitación, y actualización de aquellas personas que así lo requieran.

 

 

            Este proyecto educativo es la primera propuesta conocida entre las universidades nacionales de la Argentina, que surge en forma coparticipada con las unidades académicas hacia el interior de la universidad y con los municipios en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

 

 

            El PUA cuenta hoy con veinte (20) Centros Regionales de Educación Abierta y Permanente (CREAP) ubicados en distintos partidos de la provincia de Buenos Aires constituidos a partir de la firma de convenios con los municipios que manifestaron su interés de participar en la propuesta. Los CREAP se constituyen así en los nexos entre la sede central del PUA y las comunidades con el objetivo de coordinar la implementación de los cursos y carreras de grado y postgrado que se desarrollan.

 

 

            Las ofertas académicas han intentado dar respuesta a las necesidades de formación, capacitación y/o actualización surgidas de investigación diagnóstica de demandas educativas realizada en instituciones y población en general, pertenecientes a la zona de influencia de los CREAP.

 

 

            Un antecedente legislativo que consideramos oportuno mencionar es que, el proyecto Universidad Abierta fue declarado de interés legislativo por la Honorable Cámara de Diputados de Buenos Aires, en fecha 17 de abril de 1997.

 

 

            Con el propósito de posibilitar una visión pormenorizada de los aspectos mencionados anteriormente adjuntamos en anexo los documentos: 1) Universidad Abierta, caracterización del sistema, 2) proyecto Universidad Abierta: una forma alternativa de vinculación universidad-sociedad, 3) síntesis descriptiva de la oferta académica del proyecto Universidad Abierta.

 

 

            Actualmente el advenimiento de las nuevas tecnologías, permite el diseño de estrategias que creen situaciones de encuentro virtual, así como experiencias educativas de un alto nivel de interactividad a pesar de la falta de contacto físico. Esto abre un sinnúmero de posibilidades en el campo de la educación, muy especialmente para la modalidad a distancia.

 

 

            El PUA necesita hoy esta incorporación de tecnología para dar un salto cualitativo y cuantitativo que permita la ampliación tanto de su oferta académica como de su cobertura geográfica en un marco de excelencia y calidad, dando respuesta de este modo a la constante demanda expresada por los intendentes y fuerzas vivas de las comunidades que constituyen esta red educativa.

 

 

            Justamente este proyecto de ley intenta subsanar la dificultad para incorporar las más altas potencialidades de esta tecnología, teniendo en cuenta que la falta de acceso a ellas por cuestiones económicas y/o sociales, puede convertirse en un obstáculo para la igualdad de oportunidades y para la democratización de la enseñanza, principios siempre vigentes y rectores de la educación abierta y a distancia.

 

 

            La difícil situación presupuestaria que atraviesa el conjunto de las universidades nacionales dificulta que las casas de altos estudios puedan financiar con presupuesto propio proyectos de esta envergadura, así como la mayoría de los municipios que coparticipan con la universidad en este emprendimiento.

 

 

            En este marco es oportuno mencionar, como un antecedente que da cuenta de la importancia que la Legislatura otorga a la formación de recursos humanos, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, la Ley provincial 11.981 sancionada el 2-7-97, en la que se financia a través de endeudamiento de esta Provincia un proyecto de la Universidad Nacional de La Plata de hasta $ 79.900.000, la creación de unidades experimentales de investigación, enseñanza, y transferencia de tecnología en doce distritos de la provincia de Buenos Aries.

 

 

            Adjunto al proyecto numerosas adhesiones de municipios de la Provincia, apoyando la iniciativa.

 

 

            Deseamos señalar el acuerdo total que la educación es una inversión y no un gasto, por todo esto le solicitamos a los señores senadores acompañen con el voto favorablemente este proyecto de ley el cual tiene como propósito hacer efectiva la democratización de la educación y el acceso a tecnología de punta, a varios distritos del interior de la provincia de Buenos Aires lo que redundaría en el desarrollo y promoción de la región y en el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos.