LEY 2786
Refundición de ítems y crédito suplementario de 30.000 pesos, Presupuesto de 1900.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Los ítems 41, 42 y 45 del Presupuesto de 1900, quedan refundidos en la siguiente forma:
Ítem 45. Alimentación y gastos de presos, racionamiento de los empleados de la Penitenciaría de Sierra Chica y de los agentes al cuidado de las cárceles de La Plata, San Nicolás, Mercedes y Dolores, al año pesos 275.560 moneda nacional.
ARTÍCULO 2.- Acuérdase un crédito suplementario por la suma de treinta mil pesos moneda nacional ($ 30.000m/n) para refuerzo de la partida a que se refiere el artículo anterior.
ARTÍCULO 3.- Esta suma se pagará de Rentas Generales y se imputará al ítem respectivo.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, etc.