LEY 1048

 

Se autoriza al Directorio del Banco para extender a 15 millones el crédito acordado al Gobierno de la Nación.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Directorio del Banco de la Provincia, para extender el crédito extraordinario al Gobierno de la Nación hasta la suma de 15.000.000 pesos moneda corriente arriba de su deuda actual.

 

ARTÍCULO 2.- Este crédito deberá ser garantido por una parte de los productos de la Aduana de Buenos Aires, que no baje de 2.500.000 de pesos moneda corriente al mes, y que será entregada diaria y directamente por la Administración de Rentas Nacionales a la Tesorería del Banco de la Provincia.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.