LEY 7178
Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación, fracciones de tierra en el Partido de Veinticinco de Mayo.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de tierra de veintinueve mil ciento setenta y siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados (29.177,83 m2), de superficie, de propiedad de don Antonio María Pollastro y doña Joaquina Ramona Rivet Aymerich de Pollastro, designada catastralmente como: circunscripción I, sección F, quinta 138, manzana 138 a, 138 b, fracción I y calles y ochavas del plano 109 - 27 - 61; de diecinueve mil quinientos setenta y nueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados (19.579,76 m2), de superficie, de propiedad de don Juan Cerruti, designada catastralmente como: circunscripción I, sección F, quinta 139, manzana 139 a, parcelas: 1 b, 2 b, 3 b, 4 b, 5 y 6 b, manzana 139 b, y fracción I a y calles y ochavas del plano 109 - 27 - 61; de ocho mil trescientos metros con setenta decímetros cuadrados (8.300,70 m2), de superficie, designada catastralmente como: circunscripción I, sección F, quinta 139, manzana 139 a, parcelas: 1 a, 2 a, 3 a, 4 a, 6 a, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 y fracción Ib y calles y ochavas del plano 109 - 27 - 61, correspondiente a la superposición de los títulos de las quintas 138 y 139, todas ellas del Partido de Veinticinco de Mayo, afectadas por la construcción del Barrio Obrero de la localidad del mismo nombre; la de seis mil setenta y cinco metros con veintinueve decímetros cuadrados (6.075,29 m2), de superficie, de propiedad de don Antonio María Pollastro y doña Joaquina Ramona Rivet Aymerich de Pollastro, designada catastralmente como: circunscripción I, sección F, quinta 138, fracción II, parcela 2 y calle del plano 109 - 157 - 61, del Partido de Veinticinco de Mayo, destinada a la Escuela Nº 25 del distrito del mismo nombre, y las de dos mil cuatrocientos treinta y cuatro metros con veinticuatro decímetros cuadrados (2.434,24 m2), de superficie, designada catastralmente como: parcela 4 a, y de un mil setecientos ochenta y un metros con seis decímetros cuadrados (1.781,06 m2), de superficie, designada catastralmente como: parcela 3 a, ambas de la quinta 151, de la sección F, circunscripción I, del plano 109 - 36 - 62, del Partido de Veinticinco de Mayo, de propiedad de doña María Ángela Dominga Delfino de Delvitto y de don Pedro Lorenzo Dotta, respectivamente, que resultarán afectadas por las instalaciones complementarias del servicio público de distribución de aguas corrientes de la localidad del mismo nombre.
ARTÍCULO 2.- La inversión que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Anexo XV, Grupo 1º a), Ítem 1, Finalidad 7, Función 01, Programa 3, Objeto 8, Apartado c), del Presupuesto de Capital.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.