DECRETO 269/2023
LA PLATA, 1 de Marzo de 2023
VISTO el expediente EX-2022-30614551-GDEBA-DGIIOMA del Instituto de Obra Médico Asistencial, mediante el cual se gestionan las limitaciones y designaciones de diversos/as funcionarios/as, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1232/2022 se modificó la estructura orgánico-funcional del Instituto de Obra Médico Asistencial, aprobada mediante Decreto Nº 1166/00 y modificatorios;
Que, mediante Resoluciones Nº 2540/2022 y Nº 2702/2022, el Directorio del Instituto de Obra Médico Asistencial resolvió propiciar ante el Poder Ejecutivo Provincial las presentes limitaciones y designaciones, a partir del 12 de septiembre de 2022, en atención a las modificaciones establecidas en el ámbito del citado instituto;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que los/as agentes salientes no registran actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que los/as postulantes reúnen los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar los cargos propuestos;
Que, en virtud de lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde limitar las reservas de cargo oportunamente otorgadas a las personas detalladas en el Anexo III (IF-2023-04156571-GDEBADDDPPIOMA) y conceder nuevas reservas; Que el Presidente del Instituto de Obra Médico Asistencial y el Ministro de Salud prestaron conformidad con la presente gestión;
Que, asimismo, mediante Resolución N° 351/2021 del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Daniel Oscar RIVAROLA fue ubicado, a partir del 1° de febrero de 2020, en un cargo del Agrupamiento Personal Jerárquico, Oficial Principal 1°, Categoría 24, Personal de Apoyo, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor en la jurisdicción citada;
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde rectificar el artículo 3° del Decreto N° 927/2020, estableciendo la nueva situación de revista de Daniel Oscar RIVAROLA;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;
Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo establecido en los artículos 23, 107, 108, 109 y 121 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, y en el artículo 33 de la Ley N° 10.471;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Rectificar el artículo 3º del Decreto Nº 927/2020 en lo que respecta al cargo de revista de Daniel Oscar RIVAROLA (DNI Nº 22.158.356 – Clase 1971), estableciendo que revista en el Agrupamiento Personal Jerárquico, Oficial Principal 1º, Categoría 24, Personal de Apoyo, con un régimen de cuarenta (40) horas semanales de labor, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución N° 351/2021 del Ministerio de Hacienda y Finanzas y en relación a la mención del artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, correspondiendo su supresión
ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.4.12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 12 de septiembre de 2022, en los cargos que en cada caso se indican, las designaciones de los/as agentes citados/as en el Anexo I (IF-2022-44668712-GDEBADDDPPIOMA), el cual forma parte integrante del presente, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 121 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 3°. Designar en la Jurisdicción 1.1.4.12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 12 de septiembre de 2022, en los cargos que en cada caso se indican, a las personas mencionadas en el Anexo II (IF-2023-04150294-GDEBA-DDDPPIOMA), el cual forma parte integrante del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario N ° 4161/96.
ARTÍCULO 4º. Limitar en las Jurisdicciones que en cada caso se indican, a partir del 12 de septiembre de 2022, en virtud de la limitación en los cargos referida en el artículo 2° del presente acto, y conceder en las Jurisdicciones que en cada caso se indican, a partir de la misma fecha, atento las designaciones propiciadas en el artículo 3° del presente acto, las reservas de los cargos de revista, según lo detallado en el Anexo III (IF-2023-04156571-GDEBA-DDDPPIOMA), que forma parte integrante del presente, y conceder nuevas reservas, a partir de la fecha referida.
ARTÍCULO 5°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.4.12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 12 de septiembre de 2022, a las personas que a continuación se detallan, en los cargos que en cada caso se indican:
Joaquín BEAMURGUIA (DNI Nº 30.876.867 – Clase 1984), en el cargo interino de Subdirector de Sistemas y Equipos, quien había sido designado por Decreto Nº 820/2020;
Verónica Paula MARTÍNEZ BLACK (DNI Nº 24.892.492 – Clase 1975), en el cargo interino de Subdirectora Técnico Científica y de Farmacia y Bioquímica, quien había sido designada por Decreto Nº 1118/2020;
Marilina Nora PISANO (DNI Nº 22.669.554 – Clase 1972), en el cargo interino de Subdirectora de Compras y Suministros, quien había sido designada por Decreto Nº 236/2021.
ARTÍCULO 6°. Dejar establecido que los agentes que a continuación se detallan deberán acompañar los actos administrativos que acrediten las reservas y/o licencias de los cargos que ostentan en los organismos que en cada caso se indican:
Nadia Ileana DACIUK (DNI N° 30.761.929 - Clase 1984), en el Hospital de Alta Complejidad en Red “El Cruce” Dr. Néstor Carlos Kirchner, de Florencio Varela;
Jerónimo Nahuel CHAPARRO FRESCO (DNI Nº 26.464.769 – Clase 1978), en el Hospital de Alta Complejidad en Red “El Cruce"” Dr. Néstor Carlos Kirchner, de Florencio Varela;
Patricia Olga CARNEVALE (DNI Nº 23.852.191 – Clase 1974), en el Ministerio de Salud de la Nación;
Mauro José PAGLIUCA (DNI Nº 16.144.583 – Clase 1962), en el Ministerio de Salud de la Nación;
Nils PICCA (DNI Nº 21.003.523 – Clase 1969), en el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados;
Mabel Nora TURKULA (DNI Nº 23.815.386 – Clase 1974), en el Hospital Aeronáutico Central de la Fuerza Aérea Argentina.
ARTÍCULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 8°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolás Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.
Los Anexos del presente Decreto pueden ser consultados en su versión PDF.