LEY 6172
Donación de terreno a la Sociedad de Fomento Cultural y Deportivo “El Atalaya”, de Isidro Casanova, Matanza.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dónase con cargo a la Sociedad de Fomento Cultural y Deportivo “El Atalaya”, de la localidad Isidro Casanova, Partido de La Matanza, el terreno reserva fiscal, con nomenclatura catastral Parcela 1, Manzana 48 b, Sección C, Circunscripción VII, del Partido de La Matanza, con una superficie total de mil doscientos diecinueve metros con cincuenta decímetros cuadrados (1.219,50 m2), con destino a la construcción de edificio para sede social y funcionamiento de una sala de primeros auxilios.
ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo tomará las medidas necesarias para realizar la correspondiente traslación de dominio.
ARTÍCULO 3.- Si la institución beneficiaria no diera cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º dentro del plazo de diez años, a contar de la promulgación de la presente o dejase de cumplir los fines de su creación, el bien volverá a poder del Fisco de la Provincia.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.