LEY 6568
Autorizando al Poder Ejecutivo a invertir en la adquisición de máquinas y elementos accesorios destinados a la sección “Sistema Braille, Ley 5113” de la Biblioteca Pública Central “General San Martín”.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de cinco millones de pesos moneda nacional ($ 5.000.000m/n), en la adquisición de máquinas y elementos accesorios, necesarios para la transcripción de libros en Sistema Braille, destinados a la Sección “Sistema Braille, Ley Nº 5113”, de la Biblioteca Pública Central, General José de San Martín, dependiente del Ministerio de Educación de la Provincia.
ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.