LEY 6568

 

Autorizando al Poder Ejecutivo a invertir en la adquisición de má­quinas y elementos accesorios destinados a la sección “Sistema Braille, Ley 5113” de la Biblioteca Pública Central “General San Martín”.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir hasta la suma de cinco millones de pesos moneda nacional ($ 5.000.000m/n), en la adquisición de máquinas y elementos accesorios, necesarios para la transcripción de libros en Sistema Braille, destinados a la Sección “Sistema Braille, Ley Nº 5113”, de la Biblioteca Pública Central, General José de San Martín, dependiente del Ministerio de Educación de la Provincia.

 

ARTÍCULO 2.- Los fondos para atender el gasto que demande el cum­plimiento de la presente Ley, se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.