DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA
DECRETO 843
VISTO el Expediente Nº 2305-2843/09 del registro del Ministerio de Economía por el cual se tramitan adecuaciones al Presupuesto General Ejercicio 2009 Ley Nº 13929, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la sanción de
Que el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros estará conformado por
las áreas pertenecientes al ex Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno,
con excepción de
Que a los fines de ejercer la administración y ejecución de su propio
presupuesto, se hace necesario asignarle al citado Ministerio la codificación
pertinente según el Clasificador Institucional vigente aprobado por Decreto Nº
1737/96 y sus modificatorios, con la respectiva apertura programática;
Que resulta indispensable transferir los cargos estructurales, créditos
presupuestarios, recursos económicos, financieros y materiales,
correspondientes a
Que se ha expedido favorablemente
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 17 y 18 de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
ARTÍCULO 1º.
Modificar, a partir del 1º de mayo de 2009, el Clasificador Institucional
vigente quedando con las siguientes codificaciones y denominaciones:
1.1.1.07.00.000
Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
1.1.1.19.00.000
Ministerio de Gobierno
ARTÍCULO 2º. Incorporar al Presupuesto General Ejercicio 2009 Ley Nº
13929 Sector Público Provincial No Financiero Administración Provincial
Administración Central , a partir del 1º de mayo,
ARTÍCULO 3º. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2009 Ley N° 13929 Sector Público Provincial No Financiero
Administración Provincial Administración Central, una transferencia de cargos
y créditos por un total de sesenta y nueve cargos (69) y de pesos dieciséis
millones ciento treinta y ocho mil trescientos sesenta y dos ($ 16.138.362.),
de acuerdo con el detalle obrante en ANEXO 2, que forma parte integrante del
presente Decreto.
ARTÍCULO 4º. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2009 Ley N° 13929 Sector Público Provincial No Financiero
Administración Provincial Administración Central, una transferencia de cargos
y créditos por un total de cincuenta y cinco cargos (55) y de pesos catorce
millones quinientos noventa y seis mil cuatrocientos setenta y seis ($
14.596.476.-), de acuerdo con el detalle obrante en ANEXO 3, que forma parte
integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 5º. Aprobar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2009 Ley N° 13929 la distribución analítica de los créditos
presupuestarios asignados al Ministerio de Gobierno de acuerdo a los artículos
3º y 4º del presente Decreto.
ARTÍCULO 6º. Sustituir, a partir del 1º de mayo de 2009, en el Resumen del
Número de Cargos Administración Central, Organismos Descentralizados, e
Instituciones de Previsión Social del Presupuesto General Ejercicio 2009 - Ley N° 13929 - Planilla N° 26, la
denominación de
ARTÍCULO 7º. Modificar, en virtud de lo dispuesto por los artículos
precedentes, el Resumen del Número de Cargos Administración Central, Organismos
Descentralizados, e Instituciones de Previsión Social del Presupuesto General
Ejercicio 2009 - Ley N° 13929 - Planilla N° 26, incorporando a la misma el Ministerio de Gobierno,
de acuerdo al siguiente detalle:
DISMINUCIÓN
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
PERSONAL PERMANENTE 65 cargos
PERSONAL TEMPORARIO 4 cargos
ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS
PATRONATO DE LIBERADOS
PERSONAL PERMANENTE 55 cargos
AMPLIACIÓN
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
MINISTERIO DE GOBIERNO
PERSONAL PERMANENTE 107 cargos
PERSONAL TEMPORARIO 17 cargos
ARTÍCULO 8°.
Convalidar las actuaciones administrativas, patrimoniales, financieras y
presupuestarias realizadas por
ARTÍCULO 9°. Establecer que las órdenes de compra, contratos y demás actos
administrativos firmados en el ámbito del Ministerio de Jefatura de Gabinete de
Ministros y que correspondan al Ministerio de Gobierno pasarán, a partir del 1º
de mayo del corriente año, a ser ejecutados por los Funcionarios pertinentes
pertenecientes a este último Ministerio.
ARTÍCULO 10. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Economía, de Gobierno y de Jefatura de Gabinete de
Ministros.
ARTÍCULO 11. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, a
Alejandro G. Arlia |
Daniel Osvaldo Scioli |
Ministro de Economía |
Gobernador |
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Eduardo Oscar Camaño |
Ministro de Jefatura de |
Ministro de Gobierno |
Gabinete de Ministros |
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