LEY 8170
Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 10683.
Donando al Sindicato de Trabajadores de Luz y Fuerza de Mercedes, seccional Coronel Dorrego, fracción de tierra fiscal en dicha ciudad con destino a construcción de Barrio Obrero y Sede Gremial.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO1.- Dónase al Sindicato de Trabajadores de Luz y Fuerza de Mercedes, Seccional Coronel Dorrego la fracción de tierra fiscal ubicada en la ciudad de Coronel Dorrego, Jurisdicción del Partido del mismo nombre identificada catastralmente como Circunscripción 1, Sección B, Manzana 18 D, Manzana 18 E, Parcela 1, en ambas Manzanas, inscripta en Registro Provincial matrícula 4819, Coronel Dorrego con destino a la construcción de un barrio obrero para sus afiliados y de la sede gremial para la organización sindical.
ARTICULO 2.- (Texto según Ley 10683) Si para el 31 de Diciembre de 1992, no se diera cumplimiento al destino impuesto en el artículo 1°, se operará la reversión de la donación y el dominio volverá a favor de la Provincia de Buenos Aires con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo de indemnización alguna por las mejoras introducidas.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.