Fundamentos de la 

Ley 10880

 

            Tengo el honor de elevar a consideración de Vuestra Honorabilidad el Proyecto de Ley Impositiva para 1989.

            El mismo ha sido elaborado manteniendo el lineamiento de la Ley Impositiva para 1988, habiéndose implementado los ajustes pertinentes a efectos de mantener en términos constantes la tributación.

            En esa orden, para la actualización de las escalas referidas a los impuestos Inmobiliarios y a los Automotores, como así también las valuaciones fiscales, se ha tenido en cuenta la evolución de los índices de precios respectivos.

            Los impuestos sobre los Ingresos Brutos y Sellos, mantienen idénticas proporcionalidad, mientras que las Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y judiciales han sido actualizadas en consonancia, a la vez que se han receptado propuestas que los distintos organismos de aplicación oportunamente consultados, en las que se ha conseguido el principio de razonabilidad entre la tasa u el costo del servicio que la general.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.