Fundamentos de la

Ley 10538

 

            La Honorable Cámara de Diputados sancionó una resolución por la que dispuso la organización del Primer Congreso Nacional sobre Seguridad en el conurbano bonaerense.

            A partir de aquella resolución se operó un proceso de instrumentación del congreso, que culminó con la programación del que se efectuará en los días 30 de junio, 1, 2 y 3 de julio del corriente año, organizado por el Ministerio del Interior, el Ministerio de Gobierno de la provincia de Buenos Aires y esta Honorable Cámara de Diputados.

            La importancia de este congreso, que fue resaltada en oportunidad de la aprobación de la resolución de la Honorable Cámara que dio origen al mismo, se proyecta a nivel real frente a la preocupación, demostrada con la organización conjunta, de dos organismos del área ejecutiva de primer nivel, como son los Ministerio del Interior y de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, directamente vinculados con el tema de la seguridad.

            El restablecimiento del sistema republicano en Argentina, operó como detonante de un proceso de claridad en la apreciación de la realidad nacional.  Al amparo de ese sistema republicano y de la democracia, la información sin controles ni condicionamientos, puso transparencia en esa realidad y así la sociedad en su conjunto  tomó conciencia clara de un mal, de dimensión universal, que también le afecta.

            La delincuencia, la violencia, el grave contaminante de la droga, realidades tangibles en nuestro medio que permanecían ocultas como efecto de la desinfección o la información condicionada y dirigida, pasaron a ser contempladas de frente, en su real dimensión y profunda peligrosidad.

            El sistema republicano, la democracia, son capaces de generar sus propios anticuerpos, de instrumentar y adecuar sus instituciones a la defensa de sus valores. Esa adecuación, esa instrumentación, se plantean en el marco estricto del o jurídico, de lo ético y del respeto de los derechos de los mismos ciudadanos que están protegiendo.

            En busca de eficiencia, esa instrumentación y adecuación, deben ser productos de políticas, estrategias y acciones, orgánicamente definidas y programadas en función de técnicas y  estudios a cargo de quienes, por razones de formación profesional, están capacitados para formular su proyecto.

            Entre los análisis que el Primer Congreso Nacional sobre Seguridad Urbana habrá de efectuar, ha de estar comprendida, en forma muy especial, la temática de un sector de la provincia de Buenos Aires, acaso el que por deformaciones estructurales más necesidad tiene de esas estrategias y esas políticas. Nos referimos concretamente, al conurbano bonaerense. Y esa circunstancia, sin perjuicio de la proyección al total de la Provincia, le otorga a este Primer Congreso sobrada importancia, como para avalar su interés provincial.

            El Primer Congreso Nacional sobre Seguridad Urbana ha de operar importantes aportes a la seguridad, la tranquilidad de todas las áreas urbanas del país, pero no cabe duda que la que más habrá de resultar interesada en él, será el área más densamente poblada del país, nuestro conurbano bonaerense.

            Estas consideraciones, a nuestro entender, justifican plenamente la sanción de una ley que declare de interés en la provincia de Buenos Aires, el PRIMER CONGRESO NACIONAL SOBRE SEGURIDAD URBANA.

            Los problemas que preocupan a nuestra comunidad, habrá de entrar en el camino de la solución  cuando se los encare de frente, con responsabilidad, sin evasiones cómplices y de su análisis, se alcancen soluciones. Este primer congreso está en ese preciso camino, El ha de hacer esos análisis y esos aportes. La Provincia debe apoyar la realización de este congreso, mediante la ley que impulsamos, la que resalta el interés provincial en la realización del mismo.