La Plata, 13 de marzo de 2003
VISTO: El expediente Nº 2.300-1.734/01, por el cual. se aprobara el convenio de fecha 09 de diciembre de 1998 y el acuerdo de fecha 16 de diciembre de 1999, celebrados entre el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y la empresa Correo Argentino S.A., ambos con el objeto de reglar la prestación del servicio postal a cargo de esta última, y
CONSIDERANDO:
Que según surge del Anexo III que integrara el Decreto Nº 1.356 de fecha 14 de junio de 2001, dictado en el marco del expediente de la referencia, se establece como período de vigencia del convenio y acuerdo aludidos el plazo de un (1) año con opción de renovación por seis (6) meses más, contados desde la notificación formal del citado Decreto convalidante;
Que ante el alcance del Decreto Nº 2.883 de fecha 27 de noviembre de 2002, el
Decreto Nº 3.059 de fecha 19 de diciembre de 2002 en su artículo 2º inciso a),
autoriza a los titulares de cada Jurisdicción integrante del Poder Ejecutivo
Provincial a prorrogar hasta el 31 de marzo de 2003 los contratos u órdenes de
compra celebrados oportunamente con arreglo a las previsiones de la Ley de
Contabilidad (Decreto-Ley Nº 7764/71 y modificatorios) y el Reglamento de
Contrataciones (Decreto Nº 3300/72 y modificatorios), para la contratación de
servicios y prestaciones cuya vigencia expire a partir de la fecha del dictado
del Decreto Nº 2.883/02”;
Que a fs. 79, la empresa Correo Argentino S.A. ha manifestado, en forma
expresa, su consentimiento a continuar prestando el servicio postal en los
términos que los establecidos en los Convenios celebrados con el Ministerio de
Economía de la Provincia de Buenos Aires, hasta el 31 de marzo de 2003, constituyendo
tal manifestación de la prestadora del servicio la conformidad requerida por el
artículo tercero del citado Decreto Nº 3.059/02;
Que ha informado el Registro de Juicios y la Dirección de Apremios de la
Fiscalía de Estado (fs. 88/89);
Que ha dictaminado la Asesoría General de Gobierno (fs. 84), intervenido la
Contaduría General de la Provincia (fs. 86) y tomado vista el Señor Fiscal de
Estado (fs. 90 y vta. y 91);
Que en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1º.- Autorizar una prórroga desde el 15 de diciembre de 2002 y hasta el 31 de marzo de 2003, inclusive, de la vigencia del Convenio y del Acuerdo celebrado con fecha 9 de diciembre de 1998 y 16 de diciembre de 1999, respectivamente, entre el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y la empresa Correo Argentino S.A. en cuanto a la prestación del servicio postal, a cargo de esta última.
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
Art. 3º.- Regístrese, notifíquese al Señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y pase al Ministerio de Economía para su conocimiento y demás efectos. Cumplido archívese.