RESOLUCIÓN 950/19
LA PLATA, 26 de Julio de 2019
VISTO el expediente Nº 4012-2824/2018, por intermedio del cual tramita la aprobación del Acta Acuerdo de Rescisión del Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local e Incorporación al Distrito y del Convenio de Rescisión de los Protocolos Adicionales, celebrados el día 3 de julio de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 13.482 prevé que la descentralización y desconcentración operativa de las Policías de la Provincia de Buenos Aires se realiza conforme a la división de los Municipios existentes, a los fines de cumplir con eficacia sus funciones esenciales, otorgándole al Ministerio de Seguridad la potestad de crear nuevas unidades policiales y determinar el ámbito de competencia territorial de cada una de ellas, en función de la realidad criminológica y la frecuencia delictiva observada;
Que por otra parte, con fecha 20 de agosto de 2014, la Municipalidad de Berisso adhirió al régimen de las Policías de Prevención Local, en los términos instituidos por el Decreto N° 373/14 y la Resolución N° 835/14 y suscribió los Protocolos Adicionales de Difusión, de Reclutamiento, de Formación y de Implementación;
Que por el instrumento en análisis, las partes de común acuerdo se comprometen a gestionar las medidas necesarias a fin de tener por rescindido el Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local;
Que por el Convenio de referencia se rescinden los Protocolos Adicionales de Formación, Difusión, Implementación y Reclutamiento al Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local;
Que el Honorable Concejo Deliberante de Berisso, mediante Ordenanza Nº 3606, promulgada el día 12 de septiembre de 2018, por Decreto Nº 740, convalidó los mencionados instrumentos;
Que conforme lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fs. 32 y vuelta), lo informado por Contaduría General de Provincia (fs. 34/35) y la vista del Fiscal de Estado (fs. 37 y vuelta), no surgen impedimentos a la presente gestión;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.989, y la Ley Nº 13.482 y sus modificatorias;
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 272/17 E
EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Acta Acuerdo de Rescisión del Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local e Incorporación al Distrito y el Convenio de Rescisión de los Protocolos Adicionales al citado Convenio de Adhesión, celebrados entre este Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Berisso, el día 3 de julio de 2018, cuyos textos pasan a formar parte integrante de la presente. (IF-2019-21976562-GDEBA-DRIYCMSGP)
ARTÍCULO 2º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, a la Municipalidad de Berisso y a la Dirección Provincial de Policía Comunal y de Prevención Local, comunicar a la Secretaría Legal y Técnica, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Cristian Ritondo
Ministro de Seguridad
ACTA ACUERDO DE RESCISIÓN DE CONVENIO DE ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE POLICÍA
DE PREVENCIÓN LOCAL E INCORPORACIÓN AL DISTRITO
Entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su titular Cristian Adrián RITONDO, en adelante “EL MINISTERIO”, y la Municipalidad de Berisso, representada en este acto por el Intendente Municipal Dr. Jorge Gabriel Nedela, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, denominadas conjuntamente “LAS PARTES”, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 20 de agosto de 2014 “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local, en el marco del Decreto N° 373/14 y la Resolución Ministerial N° 835/14, mediante el cual “LA MUNICIPALIDAD” adhirió al citado régimen;
Que dicho Convenio fue aprobado por Resolución N° 070 del Ministerio de Seguridad, con fecha 31 de mayo de 2017;
Que “LAS PARTES” procuran fortalecer el sistema de seguridad pública que afiance, para los ciudadanos, el goce y ejercicio de sus derechos, libertades y garantías constitucionales;
Que “EL MUNICIPIO” constituye el ámbito territorial natural de implementación de las políticas públicas de seguridad;
Que “LAS PARTES” entienden conveniente unificar en un único convenio el Régimen de Policía al que adhiere “LA MUNICIPALIDAD”, motivo por el cual se comprometen a gestionar las medidas necesarias a fin de tener por rescindido el Convenio de Adhesión al Régimen de Prevención Local, con la correspondiente autorización del Honorable Concejo Deliberante, e incorporar los recursos humanos y materiales afectados por el citado convenio al Distrito, de conformidad con lo previsto por el artículo 55 de la Ley N° 13.482;
Que la decisión mencionada en el Considerando precedente no afecta al personal involucrado en ambos convenios por cuanto los mismos se encuentran bajo el régimen de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, ni los recursos materiales afectados a los mismos;
Por ello, y en virtud de las competencias atribuidas al Ministerio de Seguridad por la Ley N° 14.989; y concordantes de la Ley N° 13.482; y las otorgadas por los artículos 41 y 108 inciso 11 de la Ley Orgánica de las Municipalidades al Intendente Municipal y al Honorable Concejo Deliberante, “LAS PARTES” acuerdan celebrar el presente, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: “LAS PARTES” de común acuerdo se comprometen a gestionar las medidas necesarias a fin de tener por rescindido el Convenio de Adhesión al Régimen de Prevención Local suscripto el 20 de agosto de 2014 y sus protocolos adicionales suscriptos en agosto y diciembre de 2014.
SEGUNDA: “LAS PARTES” acuerdan que, hasta tanto se obtenga la autorización correspondiente del Honorable Concejo Deliberante, la totalidad del personal policial afectado al Régimen de Policías de Prevención Local, identificando en Anexo I que forma parte integrante del presente, así como los recursos materiales afectados al mismo, que se describen en el Anexo II, quedan provisoriamente incorporados y afectados al Distrito, a partir de la suscripción del presente.
TERCERA: “EL MINISTERIO” constituye domicilio en calle 2 entre 51 y 53 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, y “LA MUNICIPALIDAD” constituye domicilio en calle 6 y 166 de la ciudad de Berisso, Provincia de Buenos Aires, lugares donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a la Jurisdicción de los Tribunales del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata, a los 3 días del mes de julio de 2018.
Jorge Gabriel NEDELA Cristian Adrián RITONDO
Intendente Ministro de Seguridad
Municipalidad de Berisso
CONVENIO DE RESCISIÓN
Entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su titular Cristian Adrián RITONDO, en adelante “EL MINISTERIO”, y la Municipalidad de Berisso, representada en este acto por el Intendente Municipal Dr. Jorge Gabriel NEDELA, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, denominadas conjuntamente “LAS PARTES”, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con las previsiones de los artículos 2°, 5° y concordantes de la Ley N° 12.154, la seguridad pública es materia de competencia exclusiva del Estado y su mantenimiento le corresponde al gobierno de la provincia de Buenos Aires;
Que, teniendo en consideración lo antedicho, se han adoptado diversas medidas tendientes a optimizar el desempeño provincial en lo que a la seguridad pública respecta;
Que con fecha 20 de agosto de 2014 “LAS PARTES” celebraron el Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local, en el marco del Decreto N° 373/14 y la Resolución Ministerial N° 835/14, mediante el cual “LA MUNICIPALIDAD” adhirió al citado régimen;
Que asimismo “LAS PARTES” suscribieron los respectivos Protocolos Adicionales de Difusión, Reclutamiento, Formación e Implementación;
Que en ese marco, “LAS PARTES” acuerdan celebrar el presente, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Rescindir los Protocolos Adicionales de Difusión, Reclutamiento, Formación e Implementación, al Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local.
SEGUNDA: “EL MINISTERIO” constituye domicilio en calle 2 entre 51 y 53 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, y “LA MUNICIPALIDAD” constituye domicilio en calle 6 y 166 de la Ciudad de Berisso, Provincia de Buenos Aires, lugares donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a la Jurisdicción de los Tribunales del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata, a los 3 días del mes de julio de 2018.
Jorge Gabriel NEDELA Cristian Adrián RITONDO
Intendente Ministro de Seguridad
Municipalidad de Berisso