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Fundamentos de la Ley 11990
La vigencia y perdurabilidad de la obra de Atahualpa Yupanqui, representa el reconocimiento de nuestras tradiciones y folklore en cualquier parte del mundo. Esta Legislatura, a través de la sanción de la Ley 11.267, el día 4 de junio de 1992, declaraba de interés cultural y artístico permanente la obra literaria y musical de este prestigioso cantautor. Héctor Roberto Chavero nació en Campo de Creador de innumerables páginas poético-musicales como “El Alazán”, “Camino del Indio”, “Tu que puedes, vuélvete”, “Viene Clareando”, “El Aromo”, “El Arriero”, “la Zamba del Grillo”, “Tierra Querida”, “El Payador Perseguido”, “Chacarera de las Piedras” y “Luna Tucumana”, entre otras, sigue siendo interpretado por muchos cantores de nuestro país y del exterior. Por su dimensión humana y talento creativo, su mensaje perdura y es un punto de referencia obligado para comprender el arraigo a las costumbres, modos de vida y paisajes de nuestra tierra. Solía decir el autor de “Cerro Bayo” que “el éxito hasta se puede mendigar, pero la gloria sólo se conquista”. Por éste último camino se llega a través de un testimonio de vida y de reconocimiento al mensaje que dejan los grandes de espíritu y de corazón en esta vida. Nuestra iniciativa de ley tiene por objeto valorar la trascendencia y vigencia de un creador, nacido en nuestro territorio provincial, pero, demás, certificar que a través de los profusos legados del arte, se llega a comprender a los pueblos, se aprende a arraigarse a las raíces culturales y se proyecta un mensaje generacional para certificar y difundir nuestra esencia e identidad.
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