Fundamentos de la

Ley 11990

 

            La vigencia y perdurabilidad de la obra de Atahualpa Yupanqui, representa el reconocimiento de nuestras tradiciones y folklore en cualquier parte del mundo.

            Esta Legislatura, a través de la sanción de la Ley 11.267, el día 4 de junio de 1992, declaraba de interés cultural y artístico permanente la obra literaria y musical de este prestigioso cantautor.

            Héctor Roberto Chavero nació en Campo de la Cruz, partido de Pergamino. Como hijo predilecto de la provincia de Buenos Aires, pertenece al universo de la cultura.

            Creador de innumerables páginas poético-musicales como “El Alazán”, “Camino del Indio”, “Tu que puedes, vuélvete”, “Viene Clareando”, “El Aromo”, “El Arriero”, “la Zamba del Grillo”, “Tierra Querida”, “El Payador Perseguido”, “Chacarera de las Piedras” y “Luna Tucumana”, entre otras, sigue siendo interpretado por muchos cantores de nuestro país y del exterior.

            Por su dimensión humana y talento creativo, su mensaje perdura y es un punto de referencia obligado para comprender el arraigo a las costumbres, modos de vida y paisajes de nuestra tierra.

            Solía decir el autor de “Cerro Bayo” que “el éxito hasta se puede mendigar, pero la gloria sólo se conquista”. Por éste último camino se llega a través de un testimonio de vida y de reconocimiento al mensaje que dejan los grandes de espíritu y de corazón en esta vida.

            Nuestra iniciativa de ley tiene por objeto valorar la trascendencia y vigencia de un creador, nacido en nuestro territorio provincial, pero, demás, certificar que a través de los profusos legados del arte, se llega a comprender a los pueblos, se aprende a arraigarse a las raíces culturales y se proyecta un mensaje generacional para certificar y difundir nuestra esencia e identidad.