Fundamentos de la Ley 12418

 

 

            La municipalidad de Ituzaingó impulsa emprendimientos culturales que requieren de un espacio adecuado y de instalaciones propicias para las actividades servidas por eficientes medios de comunicación.

            El cine de Ituzaingó, inaugurado hace casi 40 años, fue en su momento la mejor sala cinematográfica del Oeste, ya que contaba con los adelantos técnicos de la época. En esta sala se estrenaban simultáneamente películas con la Capital Federal, con capacidad para 1.500 espectadores.

En el solar en que está construido funcionaba el almacén de los antiguos propietarios, la familia Pastré.

La sala de cine, aunque está cerrada desde hace muchos años, permitiría a la municipalidad de Ituzaingó crear un centro cultural de primera magnitud en el Oeste, ya que no existe complejo de características similares desde Liniers a Luján, convirtiéndose en un polo de atracción y difusión cultural.

            Centros culturales con características de complejo tales como el Centro Cultural General San Martín, Centro Cultural Recoleta, y otros en la ciudad de Buenos Aires, no existen en el conurbano bonaerense.

            Las dimensiones de la sala en cuestión permitiría un reciclado que contemple una sala teatral, con posibilidades de habilitarse para funciones cinematográficas, con capacidad para 600 localidades y ser utilizadas por elencos propios, de municipios vecinos u otros del circuito privado para la difusión cultural. Además, podrían construirse salas para diversas disciplinas como: dibujo y pintura, escultura, talleres literarios, conferencias, ensayos de coros, grupos musicales, de danzas, etc.

            Asimismo, debe mencionarse que el Concejo Deliberante de Ituzaingó ha promulgado la Ordenanza 547 el 31 de mayo de 1999, en virtud de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a propiciar ante esta H. Legislatura la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación del inmueble ubicado en la calle Mariano Acosta 55, en la ciudad de Ituzaingó, designado catastralmente como circunscripción II, sección C, manzana 184, parcela 4h, partida 125.644, inscripto su dominio al folio 1938 del año 1969 a nombre de Exhibidora Ituzaingó.

            Por todo lo expuesto es que solicito a los señores senadores me acompañen con su voto favorable en este proyecto.