ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley 11358, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la localidad de Brandsen, designado catastralmente como: Circunscripción II, parte de la Parcela 191-c, que se encuentra ocupada por el “Aeroclub Brandsen”, y que mide: 121,42 metros de frente; 1.070 metros en uno de los costados; y 1.141,72 metros en su otro costado, y 100 metros de fondo, lo que hace una superficie total de 10 Has., 91 As., y 72 Cas., inscripto su dominio bajo la Matrícula N° 11.122 de Brandsen, a nombre de Eduardo Alberto AQUARO y Nancy Ethel PIUGDEMASA de AQUARO, y de quién o quiénes resulten ser sus legítimos propietarios.”
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.