Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 39/14

 

La Plata, 23 de abril de 2014.

 

VISTO los Artículos 40 y 62 inciso j) de la Ley 11.769 (T.O. Decreto 1.868/04), su Decreto Reglamentario 2.479/04, el Contrato de Concesión suscrito, la Resolución N° 113/01 del ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, las Resoluciones Secretaría de Energía Nº 1.169/08 y Nº 1.301/11, la Resolución M.I. Nº 243/12, la Resolución Secretaría de Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires Nº 04/14, lo actuado en el Expediente 2429-4564/2014, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Resolución 113/01 del ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos, se establecieron como criterios de caracterización de tipologías de mercados, los índices de ruralidad y escala de los Distribuidores Municipales que prestan el servicio público de electricidad en los Partidos que integran las Áreas definidas en el artículo 3º, Anexo II de la citada Resolución;

 

Que de acuerdo a lo definido en la mencionada Resolución se compensará mediante la distribución del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias, a aquellos distribuidores municipales integrantes de grupos y subgrupos de mercados homogéneos, la diferencia observada entre sus costos propios eficientes y los reconocidos en las tarifas de referencia aplicadas;

 

Que la Secretaría de Energía de la Nación a través de la Resolución Nº 1.169/08 ha determinado precios estacionales de energía y parámetros del Mercado Eléctrico Mayorista a partir del 1° de octubre de 2008 con una mayor apertura de precios y un incremento gradual de los mismos a mayor consumo, que a la fecha mantiene su vigencia;

 

Que la Resolución S.E. Nº 1.301/11 ha determinado precios estacionales de energía y parámetros sin subsidio del Mercado Eléctrico Mayorista a partir del 1° de diciembre de 2011, que a la fecha mantiene su vigencia;

 

Que el Ministerio de Infraestructura sancionó los cuadros tarifarios en la Provincia de Buenos Aires mediante la Resolución Nº 243/2012 que modifica las tarifas de las Distribuidoras Provinciales, EDEA S.A., EDEN S.A. y EDES S.A. con vigencia a partir del 1º de julio de 2012;

 

Que a través de la Resolución Nº 04/14, la Secretaría de Servicios Públicos, sancionó el cuadro tarifario de la Provincia de Buenos Aires, que modifica las tarifas de la Distribuidora Provincial EDELAP S.A. con vigencia a partir del 1º de enero de 2014; Que los cálculos indicados precedentemente se realizaron según los parámetros estacionales en los términos de las Resoluciones S.E. 1.169/08 y Nº 1.301/11, Resoluciones M.I. Nº 243/12, SSP 04/14 y el Subanexo B, Parte III, Coeficientes de Transición de los Cuadros Tarifarios;

 

Que al definirse los costos de distribución según lo indicado precedentemente, corresponde calcular los costos de abastecimiento con subsidio y sin subsidio para el período febrero de 2014- abril de 2014 de todos los distribuidores municipales que a la fecha presentaron los datos,

 

Que la totalidad de los distribuidores municipales han elevado a este Organismo la información necesaria para calcular los costos de abastecimiento de los períodos aludidos en el párrafo precedente, en un todo de acuerdo a lo dispuesto a tal efecto en la Resolución N° 113/01 del ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos;

 

Que la presente se dicta en ejercicio de lo dispuesto en los Artículos 40 y 62 inciso j) de la Ley 11.769 y su Decreto Reglamentario 2.479/04;

 

Por ello,

 

EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar el cálculo de los costos de abastecimiento subsidiados de los Distribuidores Municipales para el período febrero de 2014- abril de 2014, de acuerdo al detalle que como Anexo I integra la presente, correspondiente a la totalidad de los Distribuidores Municipales que han aportado la información pertinente para su evaluación por este Organismo.

 

ARTÍCULO 2º: Aprobar el cálculo de los costos de abastecimiento sin subsidio de los Distribuidores Municipales para el período febrero de 2014- abril de 2014, de acuerdo al detalle que como Anexo II integra la presente, correspondiente a la totalidad de los Distribuidores Municipales que han aportado la información pertinente para su evaluación por este Organismo.

 

ARTÍCULO 3º: Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

ACTA 811

Jorge Alberto Arce, Presidente; María de la Paz Dessy, Vicepresidente; Alfredo Oscar

Cordonnier, Director.

 

NOTA: El Anexo I de la presente Resolución puede ser consultado en nuestra página web en su versión PDF.