Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución Nº 107
VISTO el expediente N° 5805-2324756/12, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente
Que por Resolución N° 5.692/08
(expediente Nº 5805-3610213/08) esta Dirección General de Cultura y Educación
dio por finalizadas las acciones referidas a
Que la concreción de los lineamientos de
Que se hace necesario garantizar la consolidación institucional de las Escuelas de Educación Secundaria, constituyéndose el Secretario en un eje vertebrador de la comunidad educativa en su conjunto;
Que en este sentido, la conformación implica un proceso de implementación gradual y progresivo en concordancia con las normas vigentes para la organización de las Plantas Orgánico Funcionales;
Que resulta necesario proceder a la cobertura de los cargos de Secretario, a los efectos de propiciar el acceso a la titularidad de todos los docentes que se desempeñan en el Nivel Secundario;
Que el artículo 7º de
Que en esta línea, dichos cargos se cubren mediante
Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición, de conformidad al artículo 76 de
Que dicho artículo en su apartado A.1.1. del Decreto N° 2.485/92 Reglamentario del Estatuto del Docente,
modificado por el Decreto N° 441/95, determina que
corresponde a
Que las vacantes de los cargos a cubrir se encontrarán
excluidas de las Acciones Estatutarias de Movimiento Anual Docente, conforme lo
establezca
Que el decisorio que por el presente acto administrativo se impulsa, respeta los lineamientos arribados en la materia por Acuerdo Paritario de fecha 6 de octubre de 2009;
Que el presente acto se efectúa en el marco de
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, deviene pertinente el dictado de la presente Resolución;
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo
69, incisos a y e, de
Por ello,
ARTÍCULO 1°.
Llamar a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición de acuerdo con las
prescripciones de
ARTÍCULO 2º. Determinar que, en virtud del proceso de conformación de las Escuelas de Educación Secundaria, constituidas por Establecimientos Educativos de la ex Educación Secundaria Básica, de la ex Educación Media-Polimodal y Trayectos Técnico Profesionales, las vacantes ofrecidas nominalmente en el presente acto, podrán sufrir variaciones en concordancia con las nuevas denominaciones de las Escuelas de Educación Secundaria y la aplicación de las Resoluciones Nº 333/09 y N° 1.004/09 en sus partes pertinentes.
ARTÍCULO 3º.
Indicar que, a los efectos de preservar la legalidad de la instancia concursal,
ARTÍCULO 4°. Determinar que para la substanciación del mencionado concurso, se constituirá el jurado conforme a lo determinado en el artículo 83 apartado I del Estatuto del Docente de la provincia de Buenos Aires, cuya nómina obra en el Anexo 2, que se declara parte integrante de la presente resolución y que consta de dos (2) folios.
ARTÍCULO 5°. Establecer que los aspirantes que se postulen, deberán poseer cargo o módulos titulares en el actual Nivel de Educación Secundaria, comprendiendo a todos los Establecimientos Educativos de la ex Educación Secundaria Básica, de la ex Educación Media-Polimodal y Trayectos Técnico Profesionales, como condición excluyente a los efectos de poder concursar.
ARTÍCULO 6º. Aprobar los Anexos 3 y 4 que constan de dos (2) folios y un (1) folio respectivamente y se declaran parte integrante del presente acto resolutivo, correspondientes a las condiciones generales y específicas para los ascensos para los cargos a los que se convoca y a las normas legales vigentes de aplicación.
ARTÍCULO 7°. Aprobar el Anexo 5 que consta de seis (6) folios que se declara parte integrante de la presente resolución correspondiente al temario para las pruebas de oposición con su especificación bibliográfica.
ARTÍCULO 8°. Aprobar el Anexo 6 que consta de dos (2) folios y forma parte integrante del presente acto resolutivo, correspondiente al formulario de inscripción de los aspirantes para participar en el concurso.
ARTÍCULO 9º. Establecer que el puntaje docente del cargo de base titular que le permite al docente concursar, será considerado al 31 de diciembre del año anterior al llamado a concurso como antecedente valorable, según tabla de conversión que obra en el Anexo 7, que se declara parte integrante del presente acto resolutivo y que consta de un (1) folio.
ARTÍCULO 10. Aprobar los Anexos 8, 9, 10, 11 y 12 que constan todos ellos de un (1) folio respectivamente y se declaran parte integrante del presente acto administrativo, correspondientes a: resumen de inscripción, instrumentos de evaluación para cada una de las instancias concursales, y planillas resumen de orden de mérito por puntaje obtenido respectivamente.
ARTÍCULO 11.
Establecer que la presente resolución será refrendada por
ARTÍCULO 12.
Registrar esta resolución que será desglosada para su archivo en
Néstor José Ribet Nora De Lucía
Subsecretario de Educación Directora General
NOTA: Los anexos de la presente podrán ser consultados en su versión PDF.