Fundamentos de la

 Ley 11328

 

            El presente proyecto de reforma de la ley 10606, que regula el funcionamiento de las farmacias de la provincia de Buenos Aires, esta motivado en la adaptación de la norma a la realidad vigente en todo el territorio provincial, flexibilizando el régimen de propiedad de las mismas.

            Se compatibiliza así el ordenamiento jurídico local con la normativa vigente en el orden nacional sin caer en un régimen de liberalidad total que afectaría la filosofía y el espíritu que inspira a la ley reformada.

            Efectivamente, es criterio de los suscriptos mantener el sentido sanitarista que posee la legislación vigente, evitando introducir, en aspectos tan importantes para la salud de todos los bonaerenses, un criterio mercantilista puro que desnaturalice el fin de la norma.

            Sin perjuicio de ello es importante poner de relieve la necesidad de aggiornar el sistema cerrado y anquilosante de impedir el acceso de capitales aportados por personas que no han tenido la posibilidad de acceder al título universitario, pero con vocación de servicio legítimo interés de invertir en el sector. Dicho acceso, restringido a las Sociedades en Comandita Simples, con las exigencias de integrarlas con un socio farmacéutico que detentará la Dirección Técnica con las seguridades que ello implica, permite mantener la filosofía sanitarista de la ley y, al mismo tiempo, abrir un canal de inversión que, a no dudarlo, beneficiará a la población de nuestra provincia con una mayor competencia, sana y generosa, en propuestas diversificadoras.