Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 363
VISTO el expediente Nº 2417-536/16 relacionado con
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 3.118/07 aprobó las Adendas de
Adecuación Contractual de las Empresas Concesionarias de Verificación Técnica
Vehicular (VTV) de
Que dichas empresas prestan el servicio en las once (11)
zonas en que se encuentra dividida
Que el artículo 3º de las Adendas de Adecuación establece un modelo estructural económico sobre la base del método denominado Empresa Modelo, cuyos valores responden al de una empresa eficiente (estándar) y permiten cubrir los costos de las empresas concesionarias;
Que la estructura económica elaborada como modelo para la adecuación del Contrato de Concesión del Servicio de Verificación Técnica Vehicular ha sido incorporado como Anexo I a las Adendas de Adecuación Contractual y aprobadas por el mencionado Decreto;
Que el Artículo 5º de las Adendas establece el régimen de procedimiento de las revisiones extraordinarias de tarifas, resultando aplicable dicho procedimiento cuando se cumpla una primera condición de variación del siete por ciento (7%) respecto de un índice de referencia (60% índice de actualización del Convenio Colectivo de Trabajo de SMATA – VTV/40% índice de precios mayoristas nivel general);
Que en caso de verificarse tal condición, se prevé que
Que atento a ello, las empresas concesionarias de
Que el Ente regulador ha procedido -en base al modelo de costos actualizado- al cálculo de la tarifa básica necesaria para establecer el equilibrio económico de la prestación y elaboró el nuevo cuadro tarifario resultante;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto es que corresponde en esta instancia, establecer un valor máximo de la tarifa básica del servicio público de verificación técnica vehicular;
Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fojas 75) y la vista de Fiscalía de Estado (fojas 80 y vuelta), procede el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 21 de
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Establecer, a partir de la fecha de
publicación de la presente, el valor máximo de la tarifa básica del servicio
público de verificación técnica vehicular (VTV) de
ARTÍCULO 2º. Indicar que se mantienen vigentes las
previsiones contenidas en el artículo 2º de
ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SIMBA. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y
Servicios Públicos
C.C. 7.803