DECRETO 3687/2024
LA PLATA, 31 de Diciembre de 2024
VISTO el expediente EX-2024-42898514-GDEBA-DPTLMIYSPGP mediante el cual se propicia incorporar en la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, aprobada por Decreto N° 36/20 y modificatorios, la Unidad de Coordinación Técnica de Apoyo del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos para las obras del Consorcio de Gestión y Desarrollo de la Autopista Presidente Perón y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 36/20, modificado por Decreto N° 323/22 -éste último modificado por Decreto N° 1.189/23-, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos hasta el nivel de Dirección, que fuera ratificada por Decreto N° 126 B/23;
Que por Decreto N° 393/24 se aprobó, a partir del 23 de abril de 2024, la última modificación de la estructura orgánico-funcional del mentado Ministerio hasta el nivel de Dirección;
Que por Decreto N° 641/24 se creó, en el marco de la Ley N°13.580, el Consorcio de Gestión y Desarrollo de la Autopista Presidente Perón, integrado por la Provincia de Buenos Aires y distintos municipios que están adyacentes a la traza vial;
Que, entre los objetivos del citado Consorcio, se destaca el de gestionar el desarrollo e implementación de políticas, programas y proyectos en materia económica, social, productiva, educativa, sanitaria, territorial, ambiental, de hábitat, de seguridad, de transporte, y de infraestructura y servicios públicos para la región;
Que, en ese marco, deviene necesaria la coordinación y el apoyo técnico del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos en el diseño y ejecución de las acciones previstas;
Que, por lo expuesto, se propicia establecer, en el ámbito del citado Ministerio, una Unidad de Coordinación que tendrá, entre otras funciones, la de realizar el seguimiento técnico, administrativo e institucional de acciones a ejecutar por el Consorcio de Gestión y Desarrollo de la Autopista Presidente Perón;
Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Personal, la Dirección Provincial de Planificación y Gestión Estratégica, la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, todas ellas dependientes de la Secretaría General, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público y la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, estás últimas dependientes del Ministerio de Economía;
Que han tomado intervención en razón de sus competencias Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 15.477 y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Incorporar en la estructura orgánico funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, aprobada por Decreto N° 36/20 y modificada por Decretos N° 323/22, N°1189/23 y 393/24, bajo la dependencia jerárquica y presupuestaria de la Subsecretaría de Planificación y Coordinación para el Desarrollo Territorial Sostenible, la "Unidad de Coordinación Técnica de Apoyo del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos para las obras del Consorcio de Gestión y Desarrollo de la Autopista Presidente Perón".
ARTÍCULO 2°. Establecer que dicha Unidad estará a cargo de un/a Responsable, con rango y remuneración equivalente al de Director/a Provincial y será designado/a de la misma forma que los/as referidos/as funcionarios/as.
ARTÍCULO 3°. Las funciones asignadas al/a Responsable de la Unidad serán las siguientes:
- Coordinar la realización de acciones en las áreas administrativas, técnicas y jurídicas que permitan la planificación e instrumentación de las políticas que requieran del soporte técnico del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, en el marco de las finalidades del Consorcio de Gestión y Desarrollo de la Autopista Presidente Perón.
- Participar, en representación del Ministerio, en la promoción de los proyectos normativos, de obras y servicios que fueran requeridos al mismo, con motivo de desarrollo de planificación y ejecución de las acciones a cargo del Consorcio en cuestión.
- Proponer, coordinar, articular y propiciar las articulaciones con y entre las distintas áreas de la jurisdicción y/o con otros Organismos, con los Municipios y organizaciones de la sociedad civil, vinculadas directamente a las intervenciones requeridas a este Ministerio en el marco de los objetivos del referido Consorcio.
- Participar en el seguimiento operativo, administrativo y técnico de los proyectos y acciones impulsadas por el Consorcio de Gestión y Desarrollo de la Autopista Presidente Perón, referidas a la intervención del Ministerio.
ARTÍCULO 4°. Establecer que el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos deberá solicitar ante el Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias y de cargos necesarias para proceder a la cobertura del cargo creado por el artículo 1° del presente.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos, Economía y Gobierno.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado y dar al SINDMA. Cumplido archivar.
Gabriel Nicolás Katopodi, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador.