DECRETO 291/10

LA PLATA, 16 de ABRIL de 2010.

VISTO el expediente N° 2423-2427/09 mediante el cual se celebra el convenio suscripto entre la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado -CEAMSE- y el Club Atlético Independiente, por el que la primera se obliga a ceder con cargo el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección K, Fracción I, Parcela 23a de la localidad de VillaDominico, partido de Avellaneda, y

CONSIDERANDO:           

Que dicho acuerdo tuvo por objeto efectivizar el pedido de donación que efectuara el Club Atlético Independiente respecto del inmueble propiedad de la Ceamse, en el que funciona el Parque Recreativo Santo Domingo;

Que el citado Club lleva a cabo gestiones en el predio desde hace 23 años;

Que por Decreto N° 3066/05 la Subsecretaria Social de Tierras articula las políticas de escrituración que implementa la Provincia de Buenos Aires coordinando acciones y pautas con otros organismos;

Que en el acta acuerdo complementaria, el Club se comprometió a realizar las gestiones de finalización de las tareas de mensura, división, deslinde e incorporación registral de las parcelas objeto del compromiso de donación suscripto entre las partes;

Que dichas gestiones se encuentran cumplimentadas a fojas 14 donde luce el plano de mensura, unificación y división N° 4-62-08;

Que a fojas 28/29, se exhibe Acta de Resolución de Directorio N° 835 de la Ceamse donde se encomienda al Señor Presidente la firma de la escritura de donación con cargo;

Que según lo dispuesto en la Ley N° 10830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente

Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y la vista de la Fiscalía de Estado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1.- Declarar de interés social la escrituración del inmueble denominado catastralmente como Circunscripción I, Sección K, Fracción I, Parcela 23a de la localidad de Villa Dominico, partido de Avellaneda incluido en el plano N° 4-62-08, donde se encuentra ubicado el Parque Recreativo Santo Domingo en el cual el Club Atlético Independiente desarrolla actividades de recreación, deportivas y educativas.

ARTÍCULO 2.- Requerir la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble, debiéndose afectar a uso como parque recreativo, en carácter de cargo o restricción, y anotándose en el respectivo asiento registral.

ARTÍCULO 3.- Requerir la intervención de la Subsecretaria Social de Tierras a los fines de articular las políticas de regularización dominial y escrituración social.

ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Ministra Secretaria en el Departamento de Infraestructura.

ARTÍCULO 5.- Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.