FUNDAMENTOS DE LA LEY 14815

HONORABLE LEGISLATURA:

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la declaración de la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

Motiva la presente la circunstancia de que la Provincia se encuentra en una crítica situación que afecta a la totalidad de las áreas administrativas dependientes del Poder Ejecutivo y, especialmente, a la prestación de los servicios esenciales a cargo de la Administración Pública Provincial, centralizada y descentralizada; extremos que son de público conocimiento y que responden a años de desinversión y de administraciones imperfectas, provocando una actuación estatal deficiente e ineficaz.

En este sentido, es claro que el conjunto de poderes, facultades y atribuciones que la Carta Magna Provincial y las leyes dictadas en su consecuencia establecen en cabeza de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, son irrenunciables, obligatorias e impostergables. En consecuencia, la función administrativa -entendida como aquella actividad permanente, concreta y práctica del Estado que tiende a la satisfacción inmediata de las necesidades del grupo social y de los individuos que lo integran- no puede interrumpirse, siendo necesario declarar la emergencia y adoptar medidas de excepción tendientes a facilitar el funcionamiento y a propiciar el rápido reordenamiento del Estado. Es de destacar que la emergencia administrativa se completa con la creación de un régimen de regulación del contrato de servicios autónomo, a fin de dotar a la administración de herramientas más eficaces para la contratación de servicios profesionales o técnicos a título personal, escindiéndolo de la regulación del empleo público.

Por otra parte, con la declaración de emergencia tecnológica se procura lograr el fortalecimiento y modernización de todos los organismos públicos provinciales y la consecuente agilización de los procedimientos administrativos, lo que se traduce en soluciones eficaces, eficientes y oportunas para todos los ciudadanos de la Provincia.

Por último, es dable destacar que es intención de esta gestión de gobierno contar con las herramientas necesarias para la promoción del bienestar general, sin que ello implique un menoscabo a los principios y controles imperantes. Tal es así que con el propósito de resguardar la aplicación de los principios de transparencia, razonabilidad, publicidad, concurrencia, libre competencia, igualdad y economía en las contrataciones de bienes y servicios, se incorporó expresamente en el articulado el procedimiento que deberá seguirse durante la emergencia.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.