FUNDAMENTOS DE LA LEY 15024

Los hechos vinculados a la violencia familiar y los que conllevan abusos de menores se encuentran íntimamente relacionados y es de destacar que registran un crecimiento que las propias estadísticas del sistema judicial reflejan.

Por otra parte, estos lamentables acontecimientos provocan un estado de conmoción en las sociedades en que ocurren sobre todo luego de que adquieren trascendencia al tomar estado público al ser difundidos de manera profusa y, a veces, sensacionalista, por los medios de comunicación social.

La Suprema Corte ha señalado respecto de la temática en cuestión que: “asistimos a un notable incremento de causas en materia de violencia familiar, que en ciertos departamentos judiciales representa más del 50 por ciento de los expedientes iniciados ante los órganos del fuero de familia, problemática que implica la necesidad de una especial preparación para afrontarla”.

En igual sentido, el Dr. Carlos Rozanski, integrante de la CONSAVIG (Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género) que fue creada el 21 de febrero de 2011 con el objetivo de formular las sanciones a la violencia de género establecidas por la Ley 26.485 y juez de Cámara Federal de La Plata -una eminencia jurídica en temas relacionados con maltrato juvenil manifestó que: “parte de la Justicia aún trata los delitos de índole sexual o de violencia hacia mujeres y niños como si fueran delitos comunes cuando son diametralmente distintos”.

Esta realidad se ve agravada por la ausencia de un juez competente en materia de familia en el partido de Saladillo, dependiendo de los juzgados radicados en la sede departamental judicial -La Plata- con lo que todo el sistema se reciente y los casos se dilatan en el tiempo.

Se propicia que el juzgado a crearse tenga jurisdicción sobre los distritos de Saladillo, Roque Pérez y Lobos tal como lo determina la Ley 14205 respecto de la creación un (1) Juzgado de Garantías en el Departamento Judicial de La Plata, con asiento en la ciudad de Saladillo y con competencia en los partidos de Saladillo, Lobos y Roque Pérez.

De los fundamentos de la ley mencionada precedentemente, surge que había sido creada con anterioridad también con asiento en Saladillo y con la misma jurisdicción territorial una Fiscalía y la radicación de una Defensoría, las que se encuentran funcionando, completando así el conjunto de organismos que intervienen en la Investigación Penal Preparatoria del Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires.

Por lo expuesto, y en la necesidad de velar por el adecuado y cada vez más eficaz funcionamiento del servicio de justicia es que solicito a mis pares que me acompañen en la sanción del presente proyecto.