Fundamentos de la Ley 13726

 

 

            Oportunamente con la sanción de la Ley 13.184 se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Los Hornos partido de La Plata, denominado catastralmente como: Circ. III – Secc. C – chacra 108 – fracción II, cuyo dominio se encuentra inscripto a nombre de Josefa Luisa Tombesi.

            El objetivo de la citada ley fue adjudicar ese bien en propiedad y a título oneroso, a sus actuales ocupantes quienes habían sido de algún modo estafados por una denominada “Asociación Vecinal La Esperanza”, que les había vendido bienes en realidad ajenos.

            Ahora bien, ese asentamiento humilde no se circunscribe solamente a la ocupación de la fracción citada en la norma sancionada sino que como bien consta en la causa penal IPP № 7.178 caratulada: “Nicklin, Jorge s/Estafa y Usurpación de Propiedad”, con intervención de la UFI № 4 y del juzgado de Garantías de la ciudad de La Plata a cargo del Dr. Atencio, la ocupación ilegal abarca todo el inmueble que encierran las Calles 138 a 140 y de Calle 70 a 72.

            En razón de ello, deviene necesario que se subsane el error y que la declaración de utilidad pública y expropiación se extienda a todo el inmueble ocupado y por ende beneficie a todos los ocupantes que se encuentran en igualdad de condiciones, que de otro modo se verían excluidos de acceder a una vivienda propia, cuando su situación es la misma.

            Por lo expuesto, solicito a los Sres. diputados que voten favorablemente el presente proyecto de ley modificatorio.