LEY 13718
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- Condónase la deuda que por todo concepto mantienen los adjudicatarios de viviendas construidas por la Cooperativa de Viviendas, Crédito y Consumo Parodi Limitada, barrio General Arias de la ciudad de Bahía Blanca, con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.