DECRETO 2525/91
LA PLATA, 23 de AGOSTO de 1991.
VISTO el artículo 16 de la Ley 10384 -Estatuto Escalafón para el Personal de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires- y,
CONSIDERANDO:
Que la citada norma, en su inciso b) establece que la base fija convencional sea móvil y reajustable por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que, con el fin de mantener las estructuras remunerativas del personal de los distintos regímenes dependientes del Poder Ejecutivo Provincial, corresponde proceder a reajustar las correspondientes a la Administración General de Obras Sanitarias;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Fíjase a partir del 1º de mayo de 1991, la base fija convencional para el personal comprendido en la Ley 10384 -Estatuto Escalafón para el Personal de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires- en la suma de Australes ochocientos mil (A 800.000).
ARTÍCULO 2.- Autorízase a las Direcciones de Administración u Oficinas que hagan sus veces a imputar el gasto que demande el cumplimento del presente Decreto a las partidas específicas del Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Obras y Servicios Públicos y en el de Economía.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su cumplimento y demás efectos.