LEY 3046

 

NOTA: Ver Ley 3334, ref: prórroga del art.1.

 

Exoneración del pago de un terreno en La Plata al Jockey Club de la Provincia, para su sede social.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

 

ARTÍCULO 1.- Exonérase al Jockey Club de la Provincia de las obligaciones de pago correspondientes al lote de terreno número 2 de la manzana B, adquirida en el remate de fecha 19 de febrero del corriente año.

Esta exoneración se hace en el concepto de que el terreno deberá ser ocupado por el edificio que construirá el Jockey Club, previa aprobación de los planos por el Poder Ejecutivo, la que quedará sin efecto si en el término de cinco años no se hubiera llenado la obligación de construir el edificio.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.