DECRETO 2865/2025

LA PLATA, 17 de Noviembre de 2025

VISTO el expediente EX-2020-14764552-GDEBA-HIGACMDDPMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de María Eugenia EMANUELE en el Hospital Interzonal General de Agudos "Cirujano Mayor Dr. Diego Paroissien" de La Matanza, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 4799/15 y modificatorias, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, cuatro (4) cargos de Médico/a – Especialidad: Clínica Pediátrica, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Interzonal General de Agudos "Cirujano Mayor Dr. Diego Paroissien" de La Matanza;

Que, conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a María Eugenia EMANUELE para cubrir uno de los cargos de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 1° de octubre de 2015, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 1° de octubre de 2015, la designación con carácter interino de la profesional mencionada precedentemente, en idénticos cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, formalizada por Resolución N° 2756/14 del Ministerio de Salud;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15394, prorrogado para el Ejercicio 2025 por Decreto N° 3681/24;

Que, por otra parte, corresponde otorgar a María Eugenia EMANUELE una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en que es designada, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que se desarrollan las actividades en el establecimiento en el que se desempeña, de acuerdo a lo normado por Decreto Nº 2101/14;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7°, 21 inciso b), 26 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 1° de octubre de 2015, la designación de María Eugenia EMANUELE (DNI N° 29.549.559 - Clase 1982) como Médica - Especialidad: Clínica Pediátrica, con grado de Asistente, con carácter Interino y un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Interzonal General de Agudos "Cirujano Mayor Dr. Diego Paroissien" de La Matanza, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, dispuesta por Resolución N° 2756/14 del Ministerio de Salud, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 1° de octubre de 2015, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471, a María Eugenia EMANUELE (DNI N° 29.549.559 - Clase 1982), como Médica - Especialidad: Clínica Pediátrica, con grado de Asistente y un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Interzonal General de Agudos "Cirujano Mayor Dr. Diego Paroissien" de La Matanza, dependiente de la Dirección Provincial  de Hospitales,  conforme  Concurso  Abierto  de  Méritos,  Antecedentes y Evaluación, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5°, 21 inciso b) y 26 de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto N° 1192/91 y su ampliatorio Decreto N° 1719/91, exceptuando la medida de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Otorgar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 1° de octubre de 2015, a María Eugenia EMANUELE (DNI N° 29.549.559 - Clase 1982), la bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que es designada, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que desarrollan las actividades en el establecimiento en el que se desempeña, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 2101/14.

ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 20 – Subprograma: 1 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 427 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15394, prorrogado para el Ejercicio 2025 por Decreto N° 3681/24

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.