LEY 14137
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º: Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calle Talcahuano 2853, localidad de Valentín Alsina, partido de Lanús, identificado catastralmente como Circunscripción I; Sección L; Manzana 14; Parcela 25, inscripto su dominio en el Folio 1.811/67, a nombre de Ángel Carbonari y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. Asimismo las maquinarias, instalaciones identificadas conforme al inventario que como anexo según actuación notarial BAA04566489 forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º: Los inmuebles y maquinarias e instalaciones citados en el artículo anterior serán adjudicados en propiedad a título oneroso y por venta directa a la Cooperativa de Trabajo Copacinox Ltda., inscripta en el INAES en la Matrícula 24.847, con cargo de ser destinados los mismos a la consecución de sus fines cooperativos.
ARTÍCULO 3º: El Organismo de Aplicación de la presente Ley será determinado por el Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 4º: La escritura traslativa a favor de los adquirientes será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, estando exenta la misma del pago de impuestos al acto.
ARTÍCULO 5º: El monto a abonar por la adjudicataria, así como los plazos y condiciones de pago serán establecidas por el Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 6º: Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
NOTA: El Anexo podrá ser consultado en el Departamento Leyes y Convenios de la Dirección de Registro Oficial de la Secretaría Legal y Técnica.