LEY 2885

 

Arbitraje sobre los terrenos del Parque “ 3 de Febrero”

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 4 de Julio de 1904, relativa a la constitución de un tribunal arbitral que, de acuerdo con la Ley de la Nación número 4218, ha de fijar la extensión, ubicación y valor de los sobrantes de terrenos del Parque Tres de Febrero, que pertenecen a la Provincia.

 

ARTÍCULO 2.- Los gastos que origine el cumplimiento de la resolución aprobada se imputarán a la presente, pagándose de Rentas Generales.

 

ARTÍCULO  3.- Comuníquese, etc.