DECRETO 2456/80

 

Docentes - Tabla de correlación de cargos a los efectos previsionales.

 

LA PLATA, 1º de DICIEMBRE de 1980.

 

ARTÍCULO 1.- Apruébanse a los efectos de la determinación de las prestaciones previsionales correspondientes a cargos docentes previstos por los distintos escalafones que rigieron desde la vigencia del Decreto-Ley 19885 de fecha 23 de Octubre de 1957 hasta la sanción de la Ley 9599, conforme con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley 8587, las tablas de correlación que como Anexos I, II, III, IV, V y VI forman parte integrante del presente.

 

ARTÍCULO 2.- Establécese que no habrá derecho a retroactividad en la liquidación de los haberes resultantes, los cuales deberán hacerse efectivos a la totalidad de los beneficiarios, alcanzados por las normas de este Decreto a partir de los sesenta (60) días de su publicación.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Educación y Economía.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese, etc.

 

ANEXO I

 

EDUCACIÓN PRIMARIA

 

Director de educación (Período 1971-1976): 125% del cargo de Director de educación primaria.

Director de enseñanza primaria común (Período 1/IV/77 hasta Decreto 2100/79): 100% del cargo de Director de educación primaria.

Inspector general de enseñanza preescolar y primaria común (1958 hasta 100% del cargo de Director de educación primaria 31/XII/64).

Inspector general de enseñanza primaria común (1966 al 31/III/77): 100% del cargo de Director de educación primaria.

Subinspector general de enseñanza preescolar y primaria común (1958 hasta 90% del cargo de Director de educación primaria 31/XII/64).

Subinspector general de enseñanza primaria común (1965 al 31/III/77): 90% del cargo de Director de educación primaria.

Secretario técnico de enseñanza preescolar y primaria común (1958-1964): 90% del cargo de Director de educación primaria.

Secretario técnico de enseñanza primaria común (1968 al 31/III/77): 90% del cargo de Director de educación primaria.

Secretario general de enseñanza primaria común (Rama enseñanza preescolar y 100% del cargo de Inspector jefe de zona o región primaria común), de educación primaria.

Secretario general de inspección general de enseñanza preescolar y primaria común (1959-1964): 100% del cargo de Inspector jefe de zona o región de educación primaria.

Secretario general de inspección general de enseñanza primaria común (1965 y 1970 al 31/II/77): 100% del cargo de Inspector jefe de zona o región de educación primaria.

Secretario de inspección general de enseñanza primaria común (1966): 100% del cargo de inspector jefe de zona o región de educación primaria.

Secretario general de inspección general de enseñanza primaria común (Ex Dirección General de Escuelas) (1967): 100% del cargo de Inspector jefe de zona o región de educación primaria.

Secretario general de inspección general de enseñanza primaria común (Dirección de Educación) (1968-1969): 100% del cargo de Inspector jefe de zona o región de educación primaria.

 

ANEXO II

 

EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR

 

Secretario de enseñanza (1966 al 31/III/77): 100% del cargo de Inspector jefe de zona o región de educación preescolar.

Director de enseñanza preescolar (1965 hasta Decreto 2100/79): 100% del cargo de Director preescolar.

Secretario de inspección (1965 hasta 30/VI/77): 100% del cargo de Secretario de inspección de 1ra. de educación preescolar.

 

ANEXO III

 

EDUCACIÓN SUPERIOR

 

Director de enseñanza superior, media y vocacional (1958 al 31/XII/64): 100% del cargo de Director de educación superior.

Director de enseñanza superior (1959 al 3/XII/64): 100% del cargo de Director de educación superior.

Director de enseñanza superior y media (1/I/65 al 31/XII/67): 100% del cargo de Director de educación superior.

Director de enseñanza superior y educación permanente (1968 hasta Decreto 2100/79): 100% del cargo de Director de educación superior.

Director de enseñanza técnica y vocacional (1956/1967 y año 1979): 100% del cargo de Director de educación media y técnica.

Director de enseñanza media, técnica y vocacional (1968 y 1/I/70 al 31/I/77): 100% del cargo de Director de educación media y técnica.

Director de enseñanza media, técnica y formación profesional (1/II/77 al Decreto 2100/77): 100% del cargo de Director de educación media y técnica.

Inspector general de enseñanza técnica (1965 al 31/III/77): 95% del cargo de Director de educación media y técnica.

 

ANEXO IV

 

EDUCACIÓN ESPECIAL

 

Director de repartición técnica y docente (1958 al 31/XII/65). (Enseñanza especializada y primaria diferenciada): 90% del cargo de Director de educación especial.

 

ANEXO V

 

EDUCACIÓN FÍSICA

 

Jefe de Departamento Técnico (1963-1967): 95% del cargo de Director de Educación Física.

Jefe de Departamento Técnico (1963-1967): 95% del cargo de Director de Educación Física.

Subjefe de Departamento Inspección (1963-1977): 90% del cargo de Director de Educación Física.

Jefe de División Perfeccionamiento Profesional, Centro de Educación Física y Asesoramiento de Instalaciones Deportivas del Departamento Técnico (1963-1967): 100% del cargo de Inspector jefe de zona o región de Educación Física.

Inspector de división (1963-1967): 100% del cargo de Inspector de enseñanza de Educación Física.

 

ANEXO VI

 

EX MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL

 

Asesor inspector (1966-1971): 100% del cargo de Asesor docente de educación primaria.

Director de instituto de 1ª (1966-1971): 100% del cargo de Director de 1ª (enseñanza técnica y formación profesional) de educación media y técnica.

Inspector (1964-1970): 100% del cargo de Inspector de enseñanza de educación primaria.