Fundamentos de la Ley 13660

Con fecha 3 de junio de 1960 se sancionó la Ley 6.267 de expropiación de las parcelas del Barrio Industrial Obrero Villa Corina de Avellaneda, modificada por Ley 6.686 de fecha 30 de octubre de 1961 y restablecida su vigencia por Leyes 6.838 y 7.424.

En 1985 se promulgó la Ley 10.336 por la cual el Poder Ejecutivo por intermedio de su órgano de aplicación -el Ministerio de Gobierno- procedió a transferir en venta directa con sujeción a las normas que ella misma establece, los inmuebles del dominio provincial individualizados en el art. 1 de la Ley 6.267 que declara de utilidad pública a las parcelas que integran el Barrio Industrial Villa Corina del partido de Avellaneda, delimitada en el perímetro formado por las calles Centenario Uruguayo, Donato Álvarez, Casacuberta y Suipacha.

El art. 3 de la Ley 10.336 facultaba al Ministerio de Gobierno a realizar subdivisiones de las parcelas existentes, para lo cual eximía del cumplimiento de las exigencias del Decreto Ley 8.912/77 y sus modificaciones. En los artículos 6, 7 y 8 se regula el monto y las condiciones de pago, las condiciones de escrituración y la aplicación de intereses punitorios.

A la fecha de sanción de la Ley 6.267 y su modificatoria 6.686, ya existía en el lugar un barrio con antigüedad considerable y construcciones determinadas.

Además, han transcurrido más de 20 años de la sanción de la Ley 10.336, plazo determinado en el Código Civil (artículo 3.951), por el cual procedería prescripción adquisitiva de los bienes inmuebles del Estado.

Por otra parte, los pagos establecidos en los artículos 6 y 7 de la mencionada norma se han abonado completamente en algunos casos, en otros en forma parcial y en otros se ha transferido al posesión de terceros adquirentes de buena fe por boleto de compraventa.

Las acciones destinadas a conminar el pago se hayan en su mayoría prescriptas. Sin embargo no se han concretado las subdivisiones mandadas por la ley y que, a la fecha, se hayan modificadas respecto de la ocupación originaria.

Por todo ello y teniendo muy presente el agravamiento de la situación muy especialmente a partir de 1995, fecha en que se decreta la emergencia habitacional para toda la Provincia, vemos la necesidad de proceder a la urgente regularización dominial del Barrio Industrial Villa Corina.

Por todo lo expuesto, solicito a los señores legisladores se sirvan acompañar el presente proyecto.