DECRETO-LEY 37

 

Acordando subsidio a la Facultad de Ciencias Económicas de La Universidad Nacional de La Plata

 

La Plata, 9 de enero de 1957.

 

Visto y teniendo en cuenta que el Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión, propone se conceda un subsidio destinado a la formación de la biblioteca de la Facultad de Ciencias Económicas dependiente de la Universidad Nacional de La Plata, y

 

Considerando:

 

Que se trata de una Facultad de reciente creación, por cuyo motivo sus autoridades se encuentran abocadas a la tarea de dotarla de elementos bibliográficos que son indispensables como material de estudio y consulta, ya sea para los actuales estudiantes o sus egresados.

 

Que habiendo solicitado para ello el apoyo económico de esta Provincia, esta Intervención Nacional entiende que debe atenderse favorablemente ese llamado.

 

Por ello, el Interventor Federal de la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo

 

DECRETA CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1°. Acuérdase a la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de La Plata, con destino a la adquisición de material bibliográfico, la suma de treinta mil pesos moneda nacional ($ 30.000 m/n), en concepto de subsidio.

 

ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto-ley será imputado al Anexo X "Subsidios, Subvenciones y Contribuciones del Estado" del Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 3°. El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General.

 

ARTÍCULO 4°. Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura.

 

ARTÍCULO 5°.  Comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.

 

BONNECARRERE.

E. CORTÉS, JUAN R. AGUIRRE LANARI,

JAIME E. RUIZ, RODOLFO A. EYHERABIDE,