LEY 6142

 

Expropiación del inmueble ocupado por la Escuela 2 de Berisso.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la intersección de avenida Montevideo y calle Punta Arenas de la ciudad de Berisso, partido del mismo nom­bre, designada según título como fracción B, dos y según Catastro como circunscripción VII, sección B, fracción II, parcela 1d, ins­cripta en el Registro de la Propiedad al número 66.028, folio 1561, serie A, año 1911, del partido de La Plata, a nombre de la Sociedad Anónima "La Plata Cold Storage", Guía de Contribuyentes N° 68.825, de dos mil cuatrocientos noventa y siete metros con ochenta decíme­tros cuadrados (2.497,80 m2), de superficie libre de ochava, en un todo de acuerdo con el plano aprobado por la Dirección de Geode­sia número 55-602-51, ocupado por el edificio fiscal de la Escuela Nº 2 del partido citado.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con cargo al correspondiente Plan Anual de Obras Públicas.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.