LEY 6142
Expropiación del inmueble ocupado por la Escuela 2 de Berisso.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la intersección de avenida Montevideo y calle Punta Arenas de la ciudad de Berisso, partido del mismo nombre, designada según título como fracción B, dos y según Catastro como circunscripción VII, sección B, fracción II, parcela 1d, inscripta en el Registro de la Propiedad al número 66.028, folio 1561, serie A, año 1911, del partido de La Plata, a nombre de la Sociedad Anónima "La Plata Cold Storage", Guía de Contribuyentes N° 68.825, de dos mil cuatrocientos noventa y siete metros con ochenta decímetros cuadrados (2.497,80 m2), de superficie libre de ochava, en un todo de acuerdo con el plano aprobado por la Dirección de Geodesia número 55-602-51, ocupado por el edificio fiscal de la Escuela Nº 2 del partido citado.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con cargo al correspondiente Plan Anual de Obras Públicas.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.